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ARCA: qué categoría de monotributistas deberán pagar $390.000 antes del 20 de octubre

Descubre qué categoría del monotributo deberá abonar una cuota de más de $390 mil pesos antes del mes de octubre

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó a mitad de este año las cuotas que deben ser abonadas por los trabajadores autónomos que están registrados en monotributo en cada categoría. Estos nuevos montos en las cuotas estarán vigentes hasta febrero del 2026.

Tras estas modificaciones, un grupo de contribuyentes específico deberá abonar la cuota correspondiente del mes de $391.400,62 antes del 20 de octubre. A continuación los detalles.

¿Qué categoría de monotributo deberá abonar más de $390.000 antes del 20 de octubre?

Se trata de la categoría Régimen Simplificado de la categoría H: en el caso del contribuyente que se dedica al rubro de servicios deberá abonar una cuota de $391.400,62 en el caso de servicios y $238.038,48 para quien se dedica al comercio de bienes.

Esta cuota incluye $306.724,27 (servicios) y $153.362,13 (comercio de bienes); aporte previsional, $43.129,16; obra social, $41.547,19.

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Descubre qué categoría de monotributo deberá abonar más de $390 mil pesos. 

Descubre qué categoría de monotributo deberá abonar más de $390 mil pesos.

ARCA: escalas vigentes del monotributo en octubre del 2025

  • Categoría A: $ 8.992.597,87
  • Categoría B: $ 13.175.201,52
  • Categoría C: $ 18.473.166,15
  • Categoría D: $ 22.934.610,05
  • Categoría E: $ 26.977.793,60
  • Categoría F: $ 33.809.379,57
  • Categoría G: $ 40.431.835,35
  • Categoría H: $ 61.344.853,64
  • Categoría I: $ 68.664.410,05
  • Categoría J: $ 78.632.948,76
  • Categoría K: $ 94.805.682,90

¿Qué ocurre si una persona se excede del límite de facturación de su categoría?

Si un contribuyente supera los límites de facturación establecidos para su categoría, deberá recategorizarse en la siguiente categoría o en la que corresponda. Sin embargo, los períodos de recategorización son cada 6 meses, en enero y julio, y en esos momentos se debe evaluar la actividad de los últimos 12 meses.

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La recategorizaciones del monotributo se realizan cada 6 meses. 

La recategorizaciones del monotributo se realizan cada 6 meses.

En caso de presentarse un exceso de facturación en los límites de la categoría más alta del Monotributo (categoría "K") se deberá pasar al régimen general, y esto se traduce en una mayor carga impositiva y más obligaciones.

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