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ANSES detalló los requisitos y los montos de pago de la pensión por viudez

ANSES dio a conocer de manera detallada los requisitos que hay que tener en cuenta a la hora de cobrar una pensión por viudez y quiénes lo pueden recibir

La Administración Nacional de Seguridad Socia (ANSES) detalló, a través del sitio web del Gobierno Nacional, los requisitos para solicitar una pensión por viudez. Entre los detalles que se dan a conocer hay algunos pormenores que pocos interesados conocen de los dos grupos de pensionados por fallecimiento.

ANSES brinda un respaldo a los familiares de titulares que fallecieron a través de una prestación económica. El trámite para acceder a la pensión por fallecimiento o viudez se puede realizar tanto presencial en una oficina del organismo sacando turno o por el portal web.

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ANSES cuáles son los requisitos para cobrar la pensión por fallecimiento o viudez

ANSES divide las pensiones por fallecimiento o viudez en dos grandes grupos:

  • Pensión por fallecimiento de un trabajador: para familiares de una persona que al momento de fallecer trabajaba en relación de dependencia, como autónomo o como monotributista.
  • Pensión por fallecimiento de una persona jubilada: para familiares de personas jubiladas fallecidas: cónyuges o convivientes e hijos solteros hasta los 18 años (que no perciban otra prestación).

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Estas pensiones buscan garantizar un acompañamiento económico a los familiares de un trabajador o un jubilado fallecido.

ANSES: quiénes pueden solicitar la pensión por fallecimiento de un trabajador

La pensión por fallecimiento de un trabajador la pueden solicitar los familiares de un trabajador en relación de dependencia, autónomo o monotributista. Y está dirigido a las siguientes personas:

  • Cónyuge: con partida de casamiento actualizada (la actualización debe ser posterior a la fecha de fallecimiento)
  • Conviviente: tenés que acreditar 5 años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen un hijo reconocido por ambos, el plazo se reduce a 2 años
  • Hijo: ser menor de 18 años, soltero y no cobrar otra prestación. No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del trabajador fallecido

Vale remarcar que el trabajador fallecido debía cumplir con los 30 años de aportes para el régimen común. Mientras que como aportante regular, haber aportado 30 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.

ANSES: quiénes pueden tramitar la pensión por fallecimiento de una persona jubilada

Por el fallecimiento de una persona jubilada, pueden solicitar esta pensión el cónyuge o conviviente e hijos solteros hasta los 18 años (que no perciban otra prestación) o sin limite de edad en caso de hijos que se encuentren incapacitados para trabajar y hayan estado a cargo de la persona jubilada fallecida.

Hay que tener en cuenta los siguientes puntos:

  • Deben haber transcurrido 10 días hábiles del fallecimiento de la persona jubilada
  • El fallecimiento debe haber ocurrido dentro de los últimos 4 meses
  • La jubilación de la persona fallecida a partir de la cual se tramita esta pensión debe pertenecer al régimen general y no a uno especial

ANSES: cuánto se paga por una pensión por fallecimiento o viudez

Para establecer el monto total de una pensión, primero se determina cuánto le correspondería cobrar a la persona que falleció. Sobre esa base se calcula un porcentaje de alrededor del 70% entre las personas titulares:

  • El 70% para el cónyuge o conviviente, si no hay hijos con derecho a pensión
  • El 50% para el cónyuge o conviviente, si existen hijos con derecho a pensión
  • El 20% para cada hijo. Si no hubiera cónyuge o conviviente con derecho a pensión, el porcentaje de cada hijo se incrementará distribuyéndose el 50% en partes iguales.