La Provincia Paraná

Quedó firme el fallo que obligó la clausura de la franquicia Remax

Por UNO

El fallo dictado por el juez Civil Eduardo Federico Planas, que ordenó a la franquicia Remax Adelante Paraná cesar sus actividades inmobiliarias en Entre Ríos por violar la legislación vigente para operar, quedó firme porque la empresa no apeló la sentencia.

En primera instancia el magistrado había señalado: "En concreto, la conducta de la parte demandada implica -nada menos, en mi opinión- un ejercicio ilegal de la profesión de corredor, convirtiendo de esta manera en viable, razonado y justificado el reclamo en trato, y correspondiendo, sin más, emitir sentencia condenatoria contra los accionados en la forma interesada al demandar, disponiéndose asimismo la clausura de la oficina de Alameda de la Federación N° 507 de Paraná que, además, a través de los carteles en la fachada, ha quedado demostrado con evidencia que se anuncia al público en general para la realización de actos de corretaje inmobiliario".

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Cese

En el fallo Planas dispuso el cese del ejercicio de la actividad de corretaje por ser irregular, la clausura de la oficina inmobiliaria y también la abstención de publicitar servicios inmobiliarios.

Tras analizar las pruebas que ambas partes aportaron en un prolongado y complejo proceso, el magistrado concluyó que los codemandados han desarrollado actos de corretaje bajo la figura de "agentes inmobiliarios" otorgada por Servicios y Comercializadora Alameda SRL sin tener el título universitario y la matrícula de corredores, no estando a la vez autorizada dicha sociedad para el ejercicio de tal actividad, infringiéndose de esta manera la normativa de orden público.

Planas entendió que Remax promocionaba las operaciones por Internet y ayudaban e intermediaban a promover la conclusión de contratos de compraventa, función típica esta del corredor inmobiliario. En este sentido, resaltó que no debe perderse de vista que el corretaje es un oficio público que se ejerce bajo el control estatal y cuyas normas son de orden público.

En forma concomitante, la Sala N° 3 del Trabajo del STJ resolvió rechazar el recurso de nulidad interpuesto por la corredora inmobiliaria que prestaba su matrícula para facilitar las operaciones de corretaje inmobiliario dejando firme la resolución dictada por el Tribunal de Disciplina del Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos el 14 de mayo de 2014.

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Ilegal. Hacían corretaje inmobiliario, pero no eran corredores. 
Ilegal. Hacían corretaje inmobiliario, pero no eran corredores. 
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