Boletín Oficial

Tras la motosierra en entes, Nación avanza con el Régimen de Personal en Situación de Disponibilidad

Los organismos podrán solicitar perfiles del Registro de Personal en Situación de Disponibilidad para cubrir vacantes. Habilita a que se hagan traslados de personal en los entes públicos

A poco de cumplirse una semana de la degradación o el cierre de organismos nacionales, tales como Vialidad Nacional, el gobierno del presidente Javier Milei dio un paso más en la reestructuración del empleo público y oficializó este martes el mecanismo para que organismos públicos puedan solicitar perfiles del Registro de Personal en Disponibilidad, creado en 2024.

Según el Decreto 54/2025, los organismos nacionales podrán requerir a la Secretaría de Transformación de Estado y Función Pública y en copia a la titular de la Subsecretaría de Desarrollo y Modernización del Empleo Público perfiles del Registro de Personal de Disponibilidad para cubrir alguna vacante.

Se adjunta con protocolo y nota donde se detalla el procedimiento.

De esta manera, se aclara un posible futuro que tendrá el personal de delegaciones nacionales extintas, como es el caso de Vialidad Nacional.

Ante el cierre de organismos, el personal pasa a disponibilidad

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Las reformas en el empleo estatal dependen del Ministerio de Desregulación, a cargo de Federico Sturzenegger.

Las reformas en el empleo estatal dependen del Ministerio de Desregulación, a cargo de Federico Sturzenegger.

“El personal que a la fecha de supresión del organismo, dependencias, funciones o reducción de dotación se encontrare en uso de licencia por enfermedad, accidente, matrimonio, maternidad mantendrá la percepción de sus haberes durante la vigencia de la licencia, y entrará automáticamente en situación de disponibilidad a partir del día siguiente al vencimiento del plazo de la licencia, fecha a partir de la cual percibirá el haber de disponibilidad. Ambas situaciones le serán comunicadas en oportunidad de la notificación del acto”, dispone la normativa que entró en vigencia en 2024 y este martes se protocolizó.

La normativa establece que “en el supuesto de reubicación del trabajador, la autoridad de aplicación elaborará un informe técnico a través del formulario GDE 'Informe Técnico Autoridad de Aplicación', acrónimo FOYTA, que remitirá a la jurisdicción u organismo, a los fines de que se realicen las gestiones tendientes al traslado del trabajador informando a la autoridad de destino del trabajador mediante comunicación oficial".