Informe oficial

Por violencia laboral se han denunciado en Mendoza casi 100 casos en un año y medio

Son 96 los hechos tratados en la Subsecretaría de Trabajo y Empleo de la Provincia. El tipo de violencia más repetido es el psicológico
Por UNO

En poco menos de un año y medio la Subsecretaría de Trabajo y Empleo de Mendoza ha recibido casi 100 denuncias por acoso y violencia laboral. Concretamente, desde que la provincia cuenta con una ley sobre esta problemática, el organismo estatal ha tratado 96 casos, la mayoría relacionados con mujeres y con el ámbito privado. En noviembre pasado la Dirección de la Mujer, Género y Diversidad de la Suprema Corte también lanzó una nueva campaña preventiva para erradicar la violencia contra las mujeres.

En cuanto al tipo de violencia registrado en las denuncias el mayor porcentaje es psicológica.

La norma legal existente desde fines de 202 lo que busca es prevenir, concientizar, abordar, sancionar y erradicar la violencia laboral.

Las96 denuncias se realizaron entre enero de 2021 y el 8 de abril de 2022. La mayor cantidad de denuncias fueron hechas por mujeres (59%). Buena parte de las acusaciones provienen del ámbito privado: 68%. Del sector público se registró 32%.

Qué es violencia laboral

La ley, en uno de sus artículos, menciona que se considera violencia laboral a toda conducta de acción u omisión, directa o indirecta, disposición, criterio o práctica, ejercida en el ámbito laboral que atente contra la vida, dignidad, libertad, seguridad personal, integridad física, moral, sexual, psicológica o social de los trabajadores o trabajadoras. Se considerará que la violencia laboral reviste especial gravedad cuando la víctima se encontrare en una situación de particular vulnerabilidad, por razones de edad, estado de salud, inferioridad jerárquica u otra condición análoga.

Las víctimas que sufren violencia laboral pueden realizar su denuncia a través de la línea 148 opción 8 o dirigirse personalmente a las delegaciones de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo que existen en todos los departamentos de Mendoza o en los sindicatos. También pueden escribir un correo a [email protected].

La aplicación de la ley se extiende al ámbito de toda la administración pública provincial y municipal, y a toda vinculación, relación o contrato laboral desarrollado en el ámbito privado.

El subsecretario de Trabajo y Empleo Carlos Segura expresó que desde la cartera a su cargo “abordamos los casos que se denuncian por violencia laboral en aras de generar ámbitos de trabajo decente y exentos cualquier tipo de violencia en protección de los trabajadores y también de la producción y fundamentalmente de la preservación de la fuente laboral”.

“Entendemos que la disminución de la conflictividad laboral con políticas preventivas como la exigencia de contar con protocolos de convivencia contribuyen a desnaturalizar los comportamientos violentos en el trabajo con serias consecuencias en la integridad física y psicológica de trabajadores y trabajadoras. A esos efectos, la oficina de prevención y abordaje de la violencia laboral en la órbita de la subsecretaría brinda asesoramiento tanto a trabajadores como a las entidades sindicales a fin de determinar en qué casos el trabajador es víctima de violencia en el trabajo y cuáles son los remedios administrativos que disponemos para revertir la situación, procurando acercar a las partes en crisis y proponiendo fórmulas de conciliación”, agregó Segura.

Procedimiento de la denuncia

El procedimiento de violencia laboral podrá iniciarse mediante: denuncia efectuada por la víctima, testigo o tercero que haya tomado conocimiento del hecho; denuncia formulada por la representación sindical de la actividad o por el organismo estatal que lo advierta.

Respecto de las medidas de protección, la ley indica que, una vez ingresada la denuncia, la Subsecretaría de Trabajo y Empleo podrá sugerir acciones tendientes a la protección del trabajador o trabajadora, debiendo el responsable o superior jerárquico adoptar las medidas conducentes a preservar la integridad psicofísica de aquel o aquella, conforme los procedimientos tendientes a investigar, mitigar y sancionar la violencia.

A su vez, se resalta que toda denuncia por violencia laboral deberá estar acompañada del relato circunstanciado de los hechos y de las pruebas que sirven de sustento.

Fuente: Prensa Gobierno de Mendoza.

Temas relacionados: