Respecto a los nuevos permisos para circular que se anunciaron desde el gobierno nacional, el ministro de gobierno de la provincia Víctor Ibañez explicó qué es lo que deben hacer los exceptuados del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) para poder transitar. También aclaró que se debe hacer el trámite en la página del Gobierno nacional y que los permisos actuales tendrán validez hasta las cero del 30 de mayo.
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En diálogo con Radio Nihuil, el ministro Ibañez explicó de qué se trata la Decisión Administrativa mencionada por el Presidente este pasado 24 de mayo. "Esto es una Decisión Administrativa de la jefatura de gabinete de ministros de la Nación, que es la 897 (897/20) y que ha sido publicada en el Boletín Oficial con fecha del 25 de mayo. Lo que dispone es que los certificados únicos de circulación que están vigentes al día de hoy, van a caducar a las cero horas del 30 de mayo. Y aquellas personas que estaban exceptuadas de tramitarla, tanto como a los que les va a caducar, según la legislación anterior, van a tener que retramitarla o volver a solicitar este certificado habilitante de circulación".
"El mensaje sencillo para la audiencia es que hay que estar tranquilo, ya que hasta el día 30 vamos a seguir circulando todos con los certificados y las declaraciones juradas que tenemos a la fecha, y que vamos a ver cómo se desarrolla en la semana este tema, y nos vamos a ver en la necesidad de tramitar nuevamente cada uno los certificados de circulación en la página www.argentina.gob.ar/circular", detalló Ibañez.
Consultado si es necesario imprimir el certificado o se puede utilizar en el celular el que muestra la aplicación (App Cuidar), el ministro dijo: "La norma no indica que tenga que ser de una u otra manera, simplemente lo que manda es a tramitarlo, en la modalidad que se pueda. No creo que en eso vaya a haber cambios. Aquí quizás lo que hay es buscar una manera de aplicar la experiencia que se ha logrado en este tiempo para facilitar nuevas medidas de control para verificar la circulación y probablemente tenga mucho que ver con lo que dijo el presidente sobre todo para el AMBA (Área Metropolitana Buenos Aires), donde se requiere de un control más estricto", cerró la explicación el ministro de gobierno mendocino.
Qué dice la Decisión Administrativa
Esto fue lo publicado en el Boletín Oficial de la Nación, este 24 de mayo, sobre la Decisión Administrativa 897/20:
ARTÍCULO 1°.- Los certificados vigentes para circular denominados “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” caducan a las 00:00 horas del día 30 de mayo de 2020, debiendo sus titulares proceder a tramitarlo nuevamente. A tal fin, deberán ingresar el sitio https://www.argentina.gob.ar/circular.
ARTÍCULO 2º.- Las personas que fueron exceptuadas de tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación Emergencia COVID 19”, aprobado por la Resolución del MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 48/20, a través de la Decisión Administrativa Nº 446/20 y concordantes, deberán tramitarlo a los efectos de su circulación. A tal fin, deberán ingresar al sitio https://www.argentina.gob.ar/circular.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Mario Andrés Meoni




