Alcohol al volante

El Gobierno agravó las multas por manejar borracho y las sanciones pueden superar los $4 millones

El gobernador, Alfredo Cornejo, promulgó la Ley de Avalúo e Impositiva. Los cambios rigen desde el 1 de enero

El Gobierno promulgó la Ley de Avalúo e Impositiva, que, entre otras disposiciones, determinó el valor de las multas de tránsito que regirán a partir del 1 de enero de 2025. La norma aumentó un 230,7% el valor de la Unidad Fija (UF), el método para calcular las infracciones, y quedó en $420.

Con esta medida, los conductores borrachos que protagonicen accidentes o sean encontrados in fraganti en un control policial pagarán: si tienen hasta 0,99 gramos de alcohol en sangre un mínimo de $1.260.000 (3.000 UF) y un máximo de $2.520.000 (6.000 UF).

Si el nivel de alcohol supera 1 gramo, el piso de la infracción será de $1.680.000 (4.000 UF) y podrá llegar hasta $4.620.000 (11.000 UF). Ninguna tiene el beneficio de pago con descuento.

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Las multas de tránsito por alcoholemia positiva no tienen la posibilidad de pago con descuento.

Las multas de tránsito por alcoholemia positiva no tienen la posibilidad de pago con descuento.

El máximo permitido de alcoholemia para bicicletas y motos es de 0,2 gramos, para vehículos particulares 0,5 y para profesionales la tolerancia es cero.

Multas leves, graves y gravísimas

Las multas leves, por ejemplo estacionar en doble fila o en zonas prohibidas, se establecieron en $42.000, con la posibilidad de un descuento por pago anticipado de $25.200.

Las graves, como realizar un giro en "U", circular luz alta, baja, de posición o de giro, quedaron establecida en $294.000, y puede reducirse a $176.400.

Para las faltas gravísimas, como conducir sin licencia de conducir o no usar casco en la moto, el valor es de $420.000, con una posibilidad de descuento de $252.000.

En caso de concurso, es decir, cometer dos o más infracciones en simultáneo, el monto será de $630.000, con un descuento de $378.000