Ley Ómnibus

Abogados mendocinos pidieron a los legisladores que rechacen los cambios en sucesiones y divorcios

El Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza emitió un comunicado tildando de inconstitucional el trámite de divorcio sin la participación de letrados y la realización de sucesorios con escribanos

El Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza se sumó a la Federación nacional en el rechazo de los artículos de la Ley Ómnibus que permiten un trámite exprés de divorcio sin la participación de letrados y la realización de sucesorios no contenciosos, ante escribanos.

Según la institución mendocina resulta contrario a la Constitución nacional y "atenta contra el debido proceso, la garantía del juez natural y la seguridad jurídica que debe primar en procesos de carácter universal y concernientes al estado civil de las personas".

La propuesta del presidente Javier Milei es que, a partir de la sanción de la ley, los matrimonios que decidan de común acuerdo disolver el vínculo solo deberán comunicarlo con un trámite en el Registro Civil, sin la necesidad de la intervención de abogados ni jueces.

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El proyecto incluye también la incorporación de procesos sucesorios no contenciosos en los que se faculta transmitir la herencia extrajudicialmente, en un trámite más simple ante un escribano.

El comunicado completo de los abogados mendocinos

Los abogados, representados en el Colegio de la primera circunscripción judicial, instaron a los legisladores mendocinos en el Congreso a "expresarse en el mismo sentido en el debate parlamentario, procurando nuevamente la defensa y el cumplimiento irrestricto de la Constitución Nacional".

Destacaron los abogados que los trámites que actualmente existen ya prevén alternativas simples, ágiles y seguras pero en el marco de un proceso judicial y sin suprimir principios constitucionales.

Señalaron además que los cambios propuestos por Milei "distan de conformar soluciones jurídicas necesarias para paliar la emergencia económica, fiscal, financiera, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria y social" como lo expresa el proyecto y que no tienen relación con ello.

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La Federación Argentina de Colegios de Abogados planteó además, mediante otro comunicado, que la "desregulación atenta contra la seguridad jurídica y el interés de la ciudadanía". Y expresa que "la sustracción de materia proyectada que es propia de la abogacía, significa una franca violación a las normas constitucionales".

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El proyecto de Milei para cambiar divorcios y sucesiones

La ley ómnibus marca en el artículo 441, la aprobación al régimen sobre Procesos Sucesorios No Contenciosos que se adjunta como Anexo IV. El mismo incorpora a la legislación civil nacional el proceso sucesorio notarial por el que los sucesores y el cónyuge pueden optar por tramitar los procesos ante los órganos judiciales o ante escribano público en los casos en que no exista controversia alguna entre ellos y sean todos capaces.

La norma marca que ese procedimiento es aplicable a las sucesiones intestadas y a aquellas en que el causante hubiera otorgado testamento por acto público.

El proyecto de ley de Javier Milei impulsa también en el artículo 352 la incorporación en las causas de disolución del matrimonio de la "comunicación de la voluntad de disolver el vínculo presentada por los cónyuges en forma conjunta ante el órgano administrativo del último domicilio conyugal, la cual tendrá los mismos efectos que el divorcio".

De aprobarse, para interrumpir el vínculo legal las parejas no tendrán que someterse a un trámite en el que abogados patrocinan a las partes y funcionarios judiciales resuelven.