Las sentencias fueron de 3 años y 8 meses, y 5 años respectivamente para los dos profesionales. Además se los inhabilitó para ejercer la medicina en todo el país.
De acuerdo al requerimiento de elevación a juicio que en su momento realizó la fiscal María Eugenia Laigle, los dos médicos realizaron un aborto con consentimiento de Ramona Olivera, durante el cual murió el feto.También hubo lesiones por el mal uso de la cureta (instrumento en forma de cuchara con filo), lo que perforó el útero y el intestino grueso.
Al producirse esa situación, según consta en la elevación a juicio hecha por la fiscal, fue Bertomeu quien decidió trasladar a la mujer hasta el hospital de Malargüe, donde cumplía funciones.Trasladados por el marido de la mujer, llegaron a Malargüe a las 2.40 del 21 de abril y allí se le extirpó el útero y luego de hacer exéresis (separación quirúrgica) del tramo dañado de sigmoides (en el colon), efectuaron su traslado al exterior a través del ano contra natura.