Todos los años, a esta altura del campeonato, se abre la misma discusión: ¿Está bien o está mal recibir dinero por parte de un tercer equipo como premio por ganar un partido que lo beneficia?Muchos de los protagonistas - dirigentes, jugadores y entrenadores- se han manifestado a lo largo de la historia a favor del incentivo para ganar. Esta semana, en Mendoza fue Pablo Quinteros, entrenador de Independiente Rivadavia, quien se animó a confesar su posición: “Si me dan plata para ganar un partido, yo la acepto”, tiró en Ovación, por radio Nihuil.
Llegan los finales de campeonato y la espera de “llamaditos” aumenta. A pesar de que está penado por la AFA, muchos de los protagonistas se manifiestan a favor del incentivo para ganar.
Qué penas establece el reglamento de la AFA por “soborno” o “incentivación”
A pesar de que las opiniones son varias, y que quizás la “incentivación” se dé en la realidad más de lo que especulamos, lo concreto es que la AFA es rigurosa al respecto y en su reglamento marca penas por “corrupción deportiva”.Por tanto, mientras la norma no cambie, el soborno, la recompensa ilegítima o incentivación, incluso para ganar, son ilícitos deportivos a los que les caben las siguientes sanciones:
SOBORNO Art. 283º.- Corresponde la pena de expulsión al que por sí, por persona interpuesta o por cualquier medio induzca o intente inducir a jugador a desempeñarse desventajosamente para el equipo que integre, e igual pena cuando la acción se realice con árbitro oficial o árbitro asistente, Induciéndolo o intentando inducirlo para que actúe en forma que asegure o facilite la derrota, el empate o el triunfo de un equipo determinado. Al cómplice o participe en la infracción le corresponderá la misma sanción que al autor y si no estuviera oficialmente vinculado a la A.F.A. o a sus clubs afiliados, directa o indirectamente, se le inhabilitará permanentemente para actuar en las mencionadas entidades. El árbitro oficial o árbitro asistente que acepte la propuesta también será expulsado de la A.F.A. El jugador infractor será sancionado con arreglo al artículo 179º de este Reglamento. El club que resulte responsable de soborno o de tentativa, se hace pasible de la sanción de suspensión a club de cuatro meses a dos años y de expulsión si reincide dentro de los seis años siguientes (Art. 73º del Reglamento de Transgresiones y Penas).RECOMPENSA ILEGITIMA O INCENTIVACION Art. 284º.- Se impondrá suspensión de uno a cinco años al que por si, por persona interpuesta o por cualquier medio dé u ofrezca recompensa a jugador, sujeta a la condición de que el equipo que integre, empate o derrote al adversario, siempre que el ofrecimiento tenga por finalidad estimular su empeño en el juego para que el resultado del partido beneficie a un tercer equipo en la tabla de posiciones. Al cómplice o persona que facilite la infracción, le corresponde la misma sanción que al autor y, si no estuviera oficialmente vinculado a la A.F.A. o a sus instituciones afiliadas directa o indirectamente en la misma, se le inhabilitará permanentemente para actuar en las mencionadas entidades. Al jugador que acepte la propuesta le corresponde la pena especificada en el artículo 181º* del Reglamento de Transgresiones y Penas. El club responsable de este hecho será sancionado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 74º* de este Reglamento.* Art. 181º.- Suspensión de seis meses a tres años al jugador que reciba recompensa o acepte la promesa de ser recompensado sujeta a la condición de que el equipo que integre empate o derrote al adversario, siempre que el ofrecimiento tenga por finalidad estimular su empeño en el juego para que el resultado del partido beneficie a un tercer equipo en la tabla de posiciones.* Art. 74º.- SUSPENSION A CLUB POR INCENTIVACION 0 RECOMPENSA ILEGITIMA - Suspensión de 4 meses a dos años al club que resulte responsable de que, por sí, por persona interpuesta o por cualquier otro medio, dé u ofrezca recompensa a jugador, sujeta a la condición de que el equipo que éste integre empate o derrote al adversario, siempre que el ofrecimiento, tenga por finalidad estimular su desempeño en el juego, para que el resultado del partido beneficie la colocación de un tercer equipó en la correspondiente tabla de posiciones. Si reincide dentro de los seis años siguientes, le corresponderá al club infractor la pena de expulsión.



