Por José Luis [email protected]
El Juzgado Federal de San Rafael suspendió ayer el tarifazo del gas natural en el Sur mendocino mediante un amparo solicitado el 13 de este mes por la ONG Protectora.
La medida de no innovar dictada por el juez Eduardo Puigdéngolas ordena a Ecogás-distribuidoras de Gas Cuyana y Gas del Sur suspender la entrada en vigencia de las resoluciones 226 de la Secretaría de Energía de la Nación y 2.847 del Enargás, que dispusieron una quita de subsidios al gas natural, denominada “readecuación”, y un esquema de aumento escalonado de tarifas a los usuarios residenciales en abril, junio y agosto, que incluía un alza del valor del metro cúbico de hasta cinco veces del que se pagaba el año pasado. El magistrado también ordenó a las empresas que se abstengan de “efectuar cortes en el suministro de gas motivados en la falta de pago de los importes correspondientes a los aumentos que surgen de los cuadros tarifarios de las resoluciones mencionadas anteriormente”. En pocas palabras, no podrán cortarles el servicio a quienes no paguen el aumento que llegó en la última boleta. Todo ello regirá para San Rafael y General Alvear, ya que Malargüe había sido excluido de la suba de la tarifa en esas resoluciones por considerarse “zona patagónica”, y se mantendrá en vigencia hasta que se resuelva la “cuestión de fondo”, es decir que si son constitucionales las resoluciones nacionales. Esta medida se suma al amparo dictado el 4 de junio por la jueza Olga Arrabal, titular del Juzgado Federal Nº2 de la Ciudad de Mendoza, que por su jurisdicción sólo regía en zona Norte, Este y Valle de Uco, pero que días después la magistrada revocó para convocar a una audiencia entre las partes. Tanto Puigdéngolas como Arrabal hicieron suyos los argumentos con los que la asociación Protectora pidió la suspensión de las resoluciones nacionales en ambos juzgados. Entre los principales se cuenta que no se convocó a una audiencia pública antes de disponer el incremento de las tarifas y no se informaron con anticipación las nuevas disposiciones para que los usuarios pudieran disponer de los ahorros de consumo para acceder a la quita de subsidios que establece las resoluciones nacionales. Mario Vadillo, de la ONG Protectora, destacó que “esto es un gran logro para los usuarios de Mendoza” y consideró que “todo se hubiera evitado con una audiencia pública, que es el único momento en donde el consumidor puede ser escuchado y exponer que estas tarifas para Mendoza son exageradas”. Desde la entidad sostienen que se discrimina a Mendoza porque se la encuadra en la categoría de provincias templadas, pese a tener un clima frío y un mayor consumo de gas, incluso por encima de La Pampa, que se la incluyó en zona patagónica, exceptuada de la suba. Este tipo de litigio viene desde hace años, ya que aún está en vigencia la decisión judicial de 2009 que suspendió un aumento por el cobro del gas importado, por lo que las boletas seguirán llegando con la leyenda “alcanzado por medida judicial”. “Estamos siempre peleando para que no nos castiguen con estos aumentos que son arbitrarios y groseros y que dañan a la población”, añadió el dirigente. Artículo cuestionado Junto con el freno a la suba del gas, el juez Puigdéngolas declaró la inconstitucionalidad del artículo 4º de la Ley 26.854, que regula los amparos contra el Estado nacional, reformada el año pasado. Ese artículo indica que “solicitada la medida cautelar, el juez, previo a resolver, deberá requerir a la autoridad pública demandada que dentro del plazo de cinco días produzca un informe que dé cuenta del interés público comprometido por la solicitud”. El magistrado consideró que al tener que informar al Estado antes de resolver un amparo se están afectando los derechos de quienes demandan contra él.



