Algunas no dan cobertura médica a afiliados que pagan cada mes lo que fija la AFIP para ese fin. El caso que llegó a la Superintendencia y se dirimió en los tribunales.

Obras sociales en la mira por la salud de monotributistas

Por UNO

Por José Luis Verdericoverderico.joseluis @diariouno.net.ar

Una resolución de la Justicia federal de Mendoza pone en evidencia una problemática en materia de salud que va en aumento y que tiene como protagonistas a trabajadores autónomos y a algunas obras sociales sindicales nacionales. Los primeros aportan a estas últimas, religiosamente, antes del 20 de cada mes, el importe de dinero que establece la AFIP de acuerdo con el régimen de monotributo, pero al momento de hacerse atender por un médico o de someterse a una cirugía o a algún tratamiento les responden que no los pueden afiliar “por falta de cupo” y por lo tanto los dejan sin la cobertura por la que habían tributado anticipadamente.

Caso testigo

El 6 de mayo último y en apenas 24 horas la magistrada en lo civil y comercial Olga Pura Arrabal aceptó un amparo en favor de una afiliada de Osecac y le ordenó a esa obra social que se haga cargo, en su totalidad, de todos los gastos de una compleja intervención quirúrgica digestiva y del tratamiento posterior para curarle una enfermedad que le hizo perder diez kilos en pocas semanas por vómitos y dificultades para alimentarse.

La mujer, de 43 años, que trabaja para una institución educativa nacional, acudió a la Justicia porque cuando necesitó atención médica desde la obra social de los empleados de comercio, que había elegido y a la cual estaba afiliada y aportaba desde hacía cuatro meses –a razón de $146 cada vez–, le contestaron “que no estaban empadronando a monotributistas”, explicó su abogado, Jorge Caloiro.

Por esta falta de cobertura la demandante estuvo doce días internada en el Hospital Central durante el verano y pagó de su bolsillo $6.755 en concepto de estudios médicos, medicamentos y suplementos vitamínicos. Finalmente le diagnosticaron el síndrome de la aorta mesentérica superior, cuya única solución es una operación en una clínica privada de esta ciudad.

En el ente de controlEste reclamo llegó a la delegación Mendoza de la Superintendencia de Servicios de Salud el 13 de noviembre último, cuando la afiliada de Osecac denunció la falta de prestación de servicio.

El expediente iniciado al respecto lleva el número 53.448/13. Cuando fue convocada por el organismo que conduce el técnico en Estadísticas Alejandro Baldoni para arribar a una solución, la obra social de los empleados de comercio no se presentó.

En diálogo con Diario UNO el funcionario instó a denunciar este tipo de situaciones en las oficinas ubicadas en San Juan 411 de Ciudad (ver aparte).

Técnicamente se denominan “reclamos por negativa de afiliación” y es uno de los tantos problemas que motivan a los afiliados de obras sociales nacionales a buscar soluciones en la superintendencia, así como la falta de cobertura o de percepción de reintegros ocupan a algunos clientes de algunas empresas de medicina prepaga.

Alejandro Baldoni dejó en claro que es indispensable que los aportantes se ocupen de terminar completamente el trámite de afiliación después de haber elegido la obra social, ya que muchas veces la falta de cierta documentación o información puede derivar en un congelamiento de la afiliación y por ende de la cobertura médica solicitada.

“Tienen la obligación legal de dar cobertura”Letrado especialista en derecho a la salud, Caloiro, del estudio González Landa & Caloiro, valoró la rapidez con que resolvió la jueza Arrabal, ya que el estado de salud de la demandante se tornó “precario por el paso del tiempo sin cobertura”, y consideró “una verdadera injusticia” que haya tenido que estar internada en un hospital público “por el que pagamos todos los contribuyentes mendocinos”, dijo, como consecuencia de la falta de cobertura “deliberada de la obra social por la que optó y a la que le pagó todos los meses”.

Sin respuestaTambién lamentó que “ni siquiera le hubieran respondido una carta documento” enviada el 16 de abril último, cuando ya se tenía un diagnóstico certero “de su precario estado de salud y una solución a la vista para su problema”.

El caso debía tratarse con urgencia, ya que la pronunciada pérdida de peso hacía peligrar su integridad física, opinó un renombrado especialista que atiende en el Central.

Y para no correr riesgos por una larga espera que le determinaría anotarla en una lista de pacientes del sistema público sugirió que sea operada en un centro médico privado, en donde atiende el profesional más indicado para este tipo de prácticas.

Más allá de este caso, según el abogado “la obra social por la cual opta cada monotributista tiene la obligación legal de brindar la cobertura de salud que el afiliado requiera. Y en caso de ser cierto que la obra social ha completado su cupo para monotributistas, entonces debería tramitar la baja del sistema como opción de la AFIP de este régimen. Caso contrario, termina apareciendo en el sistema sólo para recibir los aportes de los afiliados y no para brindar la cobertura, lo que constituye un modus operandi que no debe ser pasado por alto: debe denunciarse frente a la Superintendencia de Servicios de Salud”.

La Superintendencia de Servicios de Salud es el ente de regulación

También controla a los actores del Sistema Nacional del Seguro de Salud. Depende del Ministerio de Salud de la Nación y en Mendoza funciona en San Juan 441 de Ciudad, de 8 a 14. Su misión es supervisar, fiscalizar y controlar a las obras sociales y a otros agentes del sistema para asegurar el cumplimiento de las políticas del área para la promoción, preservación y recuperación de la salud de la población y la efectiva realización del derecho de gozar las prestaciones de salud establecidas en la legislación. Sus objetivos: dictar normas para regular y reglamentar los servicios, y asegurar y controlar la opción de cambio de obra social de los beneficiarios del sistema.