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Los que trabajan deben abonar el 25% de su sueldo para gastos del establecimiento y 10% por el juicio. Se trata de una disposición normativa que la Corte de la Nación declaró inconstitucional en 2011.

Los presos mendocinos también deben pagar por estar tras las rejas

Por Alejandro Gamerogamero.alejandro@diariouno.net.ar

En los primeros días de diciembre, una noticia internacional provocó gran repercusión por algunas horas en la provincia y en el país: “Holanda quiere que los presos paguen 16 euros diarios por estar en la cárcel”, decía. En las redes sociales y los foros digitales, tronó el reclamo generalizado de que la medida se imitara y ejecutara aquí.

Sin embargo, pocos sabían que Argentina está adelantada a los holandeses porque aquí los presos que trabajan en las cárceles deben destinar el 35% de sus ingresos a pagar los gastos que ocasionan en la prisión y los que quedan del juicio que los condenó, como lo ordena el artículo 121 de la ley 24.660.

La disposición no es equitativa y ese es su primer problema porque Mendoza, por ejemplo, con una población carcelaria de 3.967 reos, sólo puede aplicarle el descuento a los 700 presos que trabajan y no al resto que no trabaja ni estudia, porque no hay de qué descontarles.

Es así que a los presos mendocinos que cobran los mejores salarios en la cárcel, cifra que ronda unos $2.000 por mes, el Estado les descuenta según ordena la ley, $500 (25%) para costear los gastos que causa en el establecimiento, $200 (10%) para indemnizar daños y perjuicios de la víctima o costas del juicio, $700 (35%) para la cuota alimentaria de su familia (cónyuge e hijos) y los $600 restantes (30%), que es lo que le queda al preso, va a parar a un fondo propio de ahorro para cuando recupere su libertad.

En síntesis, un reo provincial que gana $2.000 debe pagarle al Estado $23,3 por día por estar en la cárcel.

Pero los internos que cobran esa suma son contados con los dedos de la mano.

El resto, en cambio, conocidos como fajineros, cobran sumas irrisorias que en algunos casos llegan a $50 por mes y aunque el ingreso por la prestación que dan sea mísero, igual se le aplica la tabla de descuentos del artículo 121 con los porcentajes indicados.

En el sistema penitenciario nacional, en el que también rige esta ley, los internos pagan $27,5 por día porque cobran más que en Mendoza (inclusive un fajinero), debido a que la Nación les paga lo que manda la ley: tres cuartas partes del salario mínimo, vital y móvil que sería $3.300.

Es inconstitucional que pagueLo llamativo es que hace tres años, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en un fallo plenario (votaron seis de sus siete miembros) y por unanimidad, sentenció que es inconstitucional que un preso tenga que pagar por su estadía en la cárcel. Así lo expresó el 1 de noviembre de 2011 en el expediente “Mendez, Daniel Roberto s/recurso de casación”.

Los supremos nacionales indicaron, además, en la sentencia: “Es deber de los jueces (de todo el país) apartarse de tal precepto y dejar de aplicarlo a fin de asegurar la supremacía de la Constitución Federal”.

La Corte recordó en este fallo: “El ingreso a una prisión no despoja al hombre (al reo) de la protección de las leyes ni de la Constitución nacional y que las personas condenadas son titulares de todos los derechos, salvo las libertades constitucionalmente restringidas” por la sentencia condenatoria.

Provincia y Nación lo siguen descontando A pesar del fallo que marcó la postura de la Corte nacional en 2011, tanto la Nación como la Provincia siguieron haciendo el descuento del 25% “para costear gastos del establecimiento”, aun a riesgo de que los presos pudieran iniciar una demanda masiva con costas e intereses contra el Estado, algo que todavía no ha sucedido en Mendoza.

La sentencia no obliga a Mendoza a eliminar el descuento porque la demanda citada no fue contra la Provincia, sino contra el Servicio Penitenciario Federal.

Pero, si marca jurisprudencia ya que avisa la postura que tendrá de la Corte nacional en adelante, abriendo la puerta para los que quieran reclamar en los tribunales inferiores.

En Mendoza, nadie acusó recibo todavía: ni el Estado, ni los abogados que representan a los presos, ni los mismos internos que trabajan y podrían, valiéndose de este fallo, lograr que ese 25% que le descuentan, se sume al fondo de ahorro propio.

El juez de Ejecución Penal, Sebastián Sarmiento, aseguró a Diario UNO: “Aquí no se ha declarado la inconstitucionalidad porque ningún interno ha hecho el reclamo”.

Y anticipó: “Comparto lo que dice la Corte de la Nación: es inconstitucional, el descuento no tiene sentido porque se lo aplican sólo a los que trabajan y lo recaudado no es relevante para el costo carcelario”.

►700 presos son los que deben pagar su estadía en las cárceles locales por ser los que trabajan. El resto, hasta llegar a los 3.967 reos no pagan porque estudian o no trabajan.

►Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. "No resulta admisible, bajo la mentada readaptación, que el Estado ponga la satisfacción de obligaciones propias en cabeza del interno”

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Faena. Presos de Almafuerte trabajando en un taller textil del penal.
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Hace unos 10 años, en las cárceles provinciales, no trabajaba ni el 5% de la población penal. Ahora trabaja casi el 35% del total” Sebastián Sarmiento, juez de Ejecución Penal

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