Durante los 54 años que rigió el Código Procesal Civil y Comercial anterior, Mendoza creció en población y la situación judicial se complejizó tanto, que actualmente sólo en el Gran Mendoza se producen por año 13.500 procesos judiciales civiles (accidentes de tránsito, demandas, sucesiones o ejecuciones) y la Justicia tarda 5 años promedio para emitir una sentencia.
Era necesario modificarlo, fundamentalmente para acelerar aquellos eternos tiempos judiciales. Ayer, con los votos de los diputados de Cambia Mendoza y del PJ, finalmente se sancionó el Código que apuesta todo a la oralidad como herramienta de agilización.
"Esta modificación es imprescindible porque los procesos judiciales civiles son los que más involucran a los mendocinos. Si te chocan en la calle, si te pagan con un cheque sin fondos, si alquilaste una vivienda, no te pagaron y tenés que desalojar a alguien o si muere un familiar y tenés que iniciar una sucesión, debés comenzar un proceso civil y hoy para dar una sentencia, la Justicia se demora en principio 5 años, pero pueden ser hasta 10. Ahora con la oralidad se aceleran todos aquellos tiempos de lo escrito y el juez va a estar presente y conocerá a las partes involucradas desde el principio. Hoy resuelve sin conocer a nadie, en base a un escrito", explicó Marcelo D'Agostino, subsecretario de Justicia.
Un ejemplo. Si ocurre un accidente de tránsito y una de las partes decide demandar a la otra, contactará a un abogado que hará un escrito con la demanda y presentará las pruebas al juez. Luego se informará a la parte demandada, que hará lo mismo para defenderse.
Esos serán los únicos escritos de la causa. El juez citará a una audiencia preliminar, escuchará a las partes y a sus abogados, y fijará un plazo de entre 90 y 160 días hábiles para producir la prueba, que pueden ser peritajes mecánicos, para seguir con el ejemplo. Vencido el plazo, el juez tendrá un mínimo de 10 días y un máximo de 20 para fijar fecha de la audiencia final.
"En esa audiencia los abogados tendrán 30 minutos para expresar su postura y habrá la posibilidad de una conciliación. Desde ahí el juez tendrá 30 días más para dictar la sentencia. Todos esos meses que se perdían en responder escritos con otros escritos y dar vista a las partes, ahora se acelerarán notoriamente con las audiencias orales", sumó Leandro Lanci, de la comisión redactora del nuevo código a través de la Unidad de Enlace de la Vicegobernación.



