Pandemia

Coronavirus: con tres audiencias penales Mendoza estrenó la sala virtual

Por UNO

Por primera vez la Justicia de Mendoza se realizaron tres audiencias penales, cuya realización fue una sala virtual. El juez en tribunales, el fiscal en su despacho y el defensor en su estudio y el imputado en una sala especialmente acondicionada en la penitenciaria y la sala de debate fue Skype. Se produce esto en momentos en que es necesario descomprimir todo tipo de actividades por el avance del coronavirus.

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“Esto es algo en lo que ya veníamos trabajando y las medidas tomadas para paliar el contagio de coronavirus adelantó los tiempos. La idea central es usar la tecnología como herramienta y poder hacer audiencias con un celular, una Tablet o una notebook”, explicó el ministro de la Suprema Corte y Coordinador del Fuero Penal Colegiado, José Valerio.

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“Estamos realizando audiencias en aquellas causas que resultan imprescindibles hacerlas. De igual manera estamos trabajando en mejorar esta herramienta y, por qué no, sostenerla en el tiempo luego de pasada esta crisis”  “Estamos realizando audiencias en aquellas causas que resultan imprescindibles hacerlas. De igual manera estamos trabajando en mejorar esta herramienta y, por qué no, sostenerla en el tiempo luego de pasada esta crisis” 

José Valerio, ministro de la Corte

Esta implementación de tecnología se enmarca en un plan de innovación tecnológico que viene desarrollando la Suprema Corte de Justicia para mantener el servicio de justicia, previendo la posibilidad de que las medidas de cuarentena que hoy se aplican se estiren en el tiempo.

Ya en la segunda circunscripción judicial de Mendoza se estaba trabajando en herramienta similares. “En San Rafael se realizaron audiencias por videoconferencia, al igual que en Malargüe y General Alvear. La idea es evitar los traslados de personas y que corran el riesgo de infectarse e infectar a otros con COVID-19”, remarcó Valerio.

Finalmente el ministro coordinador del Fuero Penal Colegiado destacó "la alta predisposición de los jueces para este nuevo sistema, como también el rol del Ministerio Público Fiscal en la aplicación de la herramienta recolección de los datos de la información (expediente electrónico) y de la Defensa Pública. Sin dudas pegamos un salto de calidad”.

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Las primeras audiencias virtuales

Las tres audiencias se realizaron en la primera circunscripción judicial. La primera era multipropósito y terminó siendo un juicio abreviado que concluyó con la condena a 5 años de prisión de quien estaba ya detenido en penitenciaría.

La segunda audiencia era para resolver una prisión preventiva y, al igual que la anterior, concluyó con un arreglo de partes par terminar en un juicio abreviado con condena. La tercera, era un abreviado y se obtuvo una pena de 3 años de prisión en suspenso por lo que la persona recuperó su libertad.

¿En que casos se hacen audiencias?

La resolución 48 firmada por el ministro Coordinador del Fuero Penal, establece reglas respecto a la fijación por la OGAP de nuevas audiencias en causas con personas privadas de su libertad y mientras dure la emergencia.

En el Procedimiento Correccional, únicamente se podrán fijar pedidos de audiencias de acusación de detenidos cuando resulte imprescindible su realización. En el Procedimiento de Flagrancia, únicamente se podrán fijar solicitudes de audiencias de detención y acuerdos.

Para investigación penal preparatoria, solo se fijará audiencia de: prisión preventiva, prisión domiciliaria, cese de prisión preventiva, prórroga de prisión preventiva, control jurisdiccional y juicios abreviados iniciales o finales que resuelvan la situación de una persona privada de su libertad.

En audiencias preliminares: únicamente se podrán fijar en aquellas causas con detenidos, previo aviso de las partes que han arribado a un juicio abreviado o criterio de oportunidad que permita al acusado acceder a su libertad (tanto por condena condicional, por haber cumplido la pena o entrar en las causales del art. 295 CPP), o por poder morigerar su situación de detención la modalidad de la pena a imponer.

Para apelaciones, sólo se podrán fijar audiencia en aquellas en causas con detenidos cuando de su resolución pueda resultar su libertad. Intertanto dure la emergencia sanitaria, se fijarán en el turno matutino.

Los procedimientos de ejecución solo se podrán fijar y realizar las audiencias de libertad condicional, libertad asistida y prisión domiciliaria. Y finalmente también para los hábeas corpus.

Todas estas audiencias se realizarán con la modalidad que se empezó a implementar esta semana