El ministro de Justicia, Germán Garavano, dio a conocer la decisión del Gobierno de poner en debate la edad de imputabilidad de los adolescentes que cometen delitos para aplicar penas desde los 14 años.

Si se habla "a favor", esta modificación no sería tan radical, ya que el decreto vigente hoy sí habilita la disposición plena y sin límite de edad respecto del niño, ya que el juez puede internar discrecionalmente al adolescente, esto es privarlo ilegítimamente de la libertad. Decimos "ilegítima e inconstitucionalmente", ya que nunca se lo sometió a un proceso penal para demostrar su culpabilidad y fijar una condena. De este modo hay dos categorías de menores: los mayores de 16, que son sometidos a una situación irregular ya que pueden ser perseguidos penalmente, pero sin sanción hasta después de alcanzada la mayoría de edad; y los menores de 16 que no son punibles, es decir, que no pueden ser perseguidos penalmente, pero que si el juez considera que se encuentra en peligro material o moral puede disponer de él/ella y privarlo de libertad a pesar de que la Ley de Protección Integral de la Infancia lo prohíbe. Otro punto a favor es el claro "retraso" en materia de leyes destinadas a menores que demuestra nuestro país al compararlo con sus pares latinoamericanos.

Sin embargo, al abandonar la vereda del oficialismo, se imponen dos aspectos notablemente más graves que los mencionados anteriormente: uno es el contexto en el que se da este debate y el otro son los objetivos que persigue el Estado por medio de la nueva normativa.

En primer lugar, y aunque Garavano aclaró que la creación del Régimen Penal Juvenil estaba prevista para su discusión desde este año en la plataforma Justicia 2020, la publicidad de la iniciativa abrió la polémica ya que referentes de la oposición calificaron al proyecto de "oportunista", en un año en el que la cuestión de la seguridad sobresaldrá, como siempre, en la agenda electoral. Esto tomó fuerza hace dos semanas con la detención del supuesto asesino de Brian Aguinaco, que por su edad no es punible. La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, señaló ese día la necesidad de una reforma. ¿En qué se fundamenta? En que un adolescente de 14 años ya tiene total comprensión de la gravedad de sus actos. Ahora bien, ninguna reforma sería necesaria si solamente se cumpliera con lo dispuesto por la Convención sobre los Derechos del Niño (Ley N° 26.061) ya existente. ¿Qué nos indica que se cumpliría con leyes nuevas si no se respetan las ya vigentes? Respecto del segundo punto, si hablamos de la trillada estrategia contra la inseguridad para sumar votos en campaña, condenar a prisión a menores de 16 años ¿es realmente la única herramienta que se tiene desde el Estado nacional para combatirla? ¿Acaso el hecho de que los menores delincan y no tengan la contención necesaria no es también una responsabilidad del Estado? No, como todo en este país el debate se reduce a la dicotomía: "Blanco o Negro", "Sos 'k' o sos 'macrista'". Podemos decir para finalizar este análisis, que todo será cuestión de tiempo. Tal vez suceda lo mismo que en 2009, cuando el Senado aprobó un proyecto de similares características y que Diputados "cajoneó". Allí comprobaremos si son ciertas o no algunas de las aristas planteadas. Lo cierto es que esta no es una discusión nueva y que, a pesar de que el Gobierno destacó que había abordado la iniciativa con representantes de Unicef, y que la entidad apoyó la necesidad de una reforma, esta rechazó la baja de la edad de imputabilidad ya que considera que hacerlo es dar un paso atrás. Si un régimen penal juvenil democrático es necesario, démosle un debate serio, pero haciéndonos cargo de esos menores y no simplemente escondiéndolos en cajas negras.

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Foto: Télam
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