La Fiscalía de Estado emitió un duro dictamen sobre la licitación de la Fiesta Provincial de la Cerveza 2025 y puso en duda la legalidad de la adjudicación realizada por la Municipalidad de Godoy Cruz a la empresa Estrella Eventos y Espectáculos S.A., al considerar que la comuna no aplicó una cláusula que ella misma había incluido en las bases del concurso.
Fiscalía de Estado cuestionó la adjudicación de la Fiesta de la Cerveza a una empresa inhibida
La denuncia fue presentada por el concejal Martín González (PJ). Según Fiscalía de Estado, el municipio no podía ignorar una regla incluida en el pliego
La intervención surgió a partir de una denuncia presentada por el concejal peronista Martín González, quien sostuvo que la firma adjudicataria se encontraba inhibida judicialmente al momento de participar del proceso licitatorio, una situación que, según el propio pliego, impedía competir y resultar adjudicataria.
Aunque Fiscalía de Estado no afirmó que existiera delito ni declaró inválida la contratación, sí concluyó que la explicación brindada por el municipio no alcanza para justificar el apartamiento de una regla expresamente prevista en la licitación.
La denuncia por la Fiesta de la Cerveza
La presentación fue realizada en octubre de 2025 por el edil de Unión por la Patria, quien cuestionó el procedimiento mediante el cual la Municipalidad de Godoy Cruz contrató a la empresa encargada de organizar, desarrollar y comercializar la Fiesta Provincial de la Cerveza.
Según la denuncia, Estrella Eventos y Espectáculos S.A. figuraba en los registros públicos con una inhibición judicial vigente. El concejal sostuvo que esa situación chocaba de manera directa con una cláusula de las bases y condiciones que excluía a personas o empresas inhibidas judicialmente.
A partir de esa presentación, Fiscalía de Estado solicitó información al municipio antes de emitir una opinión jurídica.
Qué respondió la Municipalidad de Godoy Cruz
En su descargo, la comuna argumentó que la situación de la empresa tenía origen en una deuda con la AFIP que ya había sido cancelada y que la inhibición registral estaba en proceso de levantamiento.
Además, señaló que la firma fue la única oferente que se presentó al nuevo llamado licitatorio y que existía urgencia para garantizar la realización de la Fiesta de la Cerveza, prevista para diciembre de 2025.
El municipio sostuvo también que una inhibición judicial no implica necesariamente una incapacidad para contratar con el Estado y aseguró que tomó recaudos para evitar cualquier riesgo patrimonial, entre ellos exigir la regularización de la situación antes de efectuar pagos.
La observación de Fiscalía
Para Fiscalía de Estado, la discusión principal no pasa por determinar si una empresa inhibida puede o no contratar con el Estado de manera general, sino por un aspecto más simple y es que el propio municipio había establecido en el pliego que quienes estuvieran inhibidos no podían participar.
Por ese motivo, consideró que la Municipalidad de Godoy Cruz quedó obligada por las reglas que ella misma fijó para la licitación y que no podía relativizarlas una vez abierto el proceso.
El organismo sostuvo que los pliegos constituyen la "ley" de cada licitación y que sus cláusulas deben ser respetadas tanto por los oferentes como por la administración pública.
Además, señaló que el requisito de no encontrarse inhibido judicialmente no parece arbitrario ni irrazonable, ya que puede vincularse con aspectos como la solvencia, la confiabilidad patrimonial y la protección de los intereses públicos comprometidos en una contratación estatal.
En ese contexto, Fiscalía de Estado concluyó que la admisión y posterior adjudicación a una empresa que registraba una inhibición judicial podría representar un apartamiento de las reglas previstas para el procedimiento y afectar principios básicos como la transparencia, la igualdad de trato entre oferentes y la juridicidad de la contratación pública.




