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Edicto: Autos 012052-265742-2019 Aguilar

SEGUNDO TRIBUNAL GESTIÓN ASOCIADA CIVIL, 1° CIRCUNSCRIPCIÓN, en los autos N° 012052-265742/2019 caratulados “AGUILAR FRANCISCO DANIEL C/ AGUILAR EVA EDITH Y AGUILAR ERNESTO P/ CUESTIONES DERIVADAS DEL FUERO DE FAMILIA ”NOTIFICA Y CITA A SRA. EVA EDITH AGUILAR, D.N.I. 18.012.013 de acuerdo a la resolución recaída a fs. 188, que en su parte pertinente dice: “Mendoza 07 de Julio de 2020. VISTOS Y CONSIDERANDO: … RESUELVO: I … II. Declarar que la co demandada SRA. EVA EDHIT AGUILAR DNI 18.012.013 es personas de IGNORADO DOMICILIO al solo y único efecto del trámite del presente juicio. III. Prestado que sea el juramento normado por el art. 69 del CPCCYT, disponer en consecuencia se notifique a la misma en forma edictal el decreto de fs. 52 y la presente resolución. Dicha notificación se efectuará por el término de ley (tres veces con dos días de intervalo) en el BOLETÍN OFICIAL y DIARIO "UNO" (Art. 68, 69 y 72 del CPCCYT). IV. Oportunamente, dese intervención al Defensor de Pobres y Ausentes en turno.-PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE. Fmdo. DRA. JORGELINA IERMOLI BLANCO Juez” A fs. 52 el Juzgado proveyó: “Mendoza, 23 de Diciembre de 2019. Ampliando el decreto de fs.51 se provee: Téngase presente la prueba ofrecida y lo demás expuesto para su oportunidad y en cuanto por derecho corresponda. De la demanda ordinaria interpuesta TRASLADO a la parte demandada por el plazo de VEINTE (20) DÍAS con citación y emplazamiento para que comparezca, responda, ofrezca prueba instrumental y constituya domicilio legal dentro del radio del Juzgado (artículos 21, 74, 75, 156, 160 y concordantes del Código Procesal Civil). NOTIFÍQUESE. Fmdo. DRA. JORGELINA IERMOLI BLANCO Juez”.

Publica: 24/7, 29/7 y 3/8/20

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