EDICTOS: GENTILE GLADYS RAQUEL C/MIRANDA ROBERTO NELSON Y PARANA SEGUROS P/DAÑOS DERIVADOS ACCIDENTES DE TRANSITO - Autos N°85121

Por UNO

Sr. Juez del JUZGADO DE PAZ LETRADO Y TRIBUTARIO DE RIVADAVIA MENDOZA 3RA. CIRC. en los autos N°85121 caratulados "GENTILE GLADYS RAQUEL C/MIRANDA ROBERTO NELSON Y PARANA SEGUROS P/DAÑOS DERIVADOS ACCIDENTES DE TRANSITO", a fs.182, notifica, a Roberto Nelson Miranda declarado de ignorado domicilio de la sentencia recaída en autos: "Rivadavia, Mendoza, 17 de noviembre de 2025 -AUTOS Y VISTOS: (...)CONSIDERANDO (...)RESUELVO: I.Hacer lugar parcialmente a la demanda interpuesta por la Sra. Gladys Raquel Gentile en contra de Roberto Nelson Miranda. En consecuencia, condenar de forma concurrente al demandado a abonar al actor, en el plazo perentorio de diez días hábiles de quedar firme y ejecutoriada la presente sentencia, la suma total de pesos cuatro millones quinientos mil ($4.500.000), con más los intereses dispuestos en los considerandos. Condenar concurrentemente, en la medida y con los limites del seguro y las especificaciones dispuestas en los considerandos, a Paraná Sociedad Anónima de Seguros. Rechazar la demanda por la suma de $100.000 (daño emergente). II. Imponer las costas del presente proceso a la parte demandada, por lo que prospera la demanda y a la actora por lo que se rechaza. III.Regular los honorarios profesionales por lo que prospera la demanda a la Dra. Susana Lanza en la suma de $450.000, al Dr. Mariano Andrada Salinas en la suma de $900.000, al Dr. Emmanuel Gutierrez Giampietri y al Dr. Marcelo Daniel Moretti, en conjunto, en la suma de $945.000, al perito médico psiquiatra Juan Pablo Inmerso en la suma de $180.000 y al perito médico traumatólogo Fernando Rubio en la suma de $180.000, sin perjuicio de los complementarios e IVA que correspondan. (art.2, 3, 4, 31 LA y 184 CPCCT). IV.-Regular los honorarios profesionales por lo que se rechaza la demanda a la Dra. Susana Lanza en la suma de $7.000, al Dr. Mariano Andrada Salinas en la suma de $14.000; al Dr. Emmanuel Gutierrez Giampietri y al Dr. Marcelo Daniel Moretti, en conjunto, en la suma de $30.000, al perito médico psiquiatra Juan Pablo Inmerso en la suma de $4.000 y al perito médico traumatólogo Fernando Rubio en la suma de $4.000, sin perjuicio de los complementarios e IVA que correspondan. (art.2, 3, 4, 31 LA y 184 CPCCT). CÓPIESE, REGÍSTRESE, NOTIFIQUESE. NOTIFIQUESE AL DEMANDADO DECLARADO DE IGNORADO DOMICILIO POR EDICTOS. publicar una sola vez en el Boletin Oficial y Diario Uno Fdo: Dr. Rodrigo Furque-Juez".

Publica: 23/12/2025.-