JUEZ DEL 4º TRIBUNAL DE GESTIÓN ASOCIADA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y MINAS de la PROVINCIA DE MENDOZA. EXPTE Nº 412246 CARATULADOS “ZALAZAR LUCIO C/ OLMEDO TOBARES SILVIA ELIANA BEATRIZ Y OYARCE DARIO MARCELO P/ DAÑOS DERIVADOS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO” notificar al DARIO MARCELO OYARCE, DNI N° 24.146.124,persona de ignorado domicilio, lo siguiente: A fs 1 : “Mendoza, 26 de Mayo de 2022.Téngase al Dr. Federico Riba Ferraro, por presentado y parte en el carácter invocado, a mérito del escrito ratificatorio acompañado.Téngase presente el domicilio procesal electrónico constituido y los datos de contacto denunciados, a sus efectos.Téngase presente el trámite por beneficio de litigar sin gastos iniciado en autos N° 412.247.Téngase presente lo expuesto y la prueba ofrecida, para su oportunidad y en cuanto por derecho corresponda.De la demanda instaurada, CÓRRASE TRASLADO a la parte demandada por el término de VEINTE (20) DÍAS, con citación y emplazamiento para que comparezca, responda, ofrezca prueba, denuncie domicilio real y electrónico, y constituya domicilio procesal electrónico,bajo apercibimiento de ley.(arts. 21, 74, 75, 155, 160, 161 y ccs.C.P.C.C.T.). NOTIFÍQUESE.Cítase de garantía a “LIDERAR COMPAÑIA GENERAL DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA”, por el término de VEINTE (20)DÍAS a fin de que comparezca, conteste demanda, denuncie domicilio real y electrónico, y constituya domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento de ley (arts. 21, 25, 155, 160, 161 y ccs. del C.P.C.C.T., y art. 118 Ley de Seguros). NOTIFÍQUESE”. A fs: 25 “Mendoza, 14 de Febrero de 2023.VISTOS Y CONSIDERANDO: Los presentes, atento información sumaria rendida en la causa y de conformidad con lo dictaminado por la Unidad Fiscal Civil en fecha 10 de febrero del corriente y, en virtud de los términos de los artículos 69 y 72 del Código Procesal Civil Comercial y Tributario de la Provincia;RESUELVO:I.- Aprobar la información sumaria rendida en autos.II.- Declarar como persona de ignorado domicilio, al Sr. DARIO MARCELO OYARCE, DNI N° 24.146.124.III.- Ordenar se notifique a la misma la presente y el traslado de la demanda, por medio de edictos a publicarse en el BOLETIN OFICIAL y en DIARIO UNO, por el término de TRES DÍAS, CON DOS DÍAS DE INTERVALO, bajo la responsabilidad de la parte actora y conforme lo establecen los artículos 69 y 72 del C.P.C.C.T.IV.- Efectuadas las publicaciones y vencidos los términos conferidos, dése intervención a la Defensoría Civil que por turno corresponda.REGÍSTRESE - NOTIFÍQUESE.FDO:DRA ERICA ANDREA DE BLASI – Juez.-