EDICTO DE NOTIFICACION
EDICTO: VEGA JULIO CESAR C/ CARRERA ANITA ALICIA Y OTS. P/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO - AUTOS Nº 256.966
JUEZ DEL PRIMER TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA, AUTOS Nº 256.966 “VEGA JULIO CESAR C/ CARRERA ANITA ALICIA Y OTS. P/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO”, notificar al Sr. Mario Vicente Becerra, DNI 12.783.411, demandado de ignorado domicilio el siguiente proveído: a fs. 147- “Mendoza martes: 11 de Febrero de 2020. VISTOS Y CONSIDERANDO: Estos autos arriba intitulados, atento a lo solicitado, lo resuelto a fs. 126/131 y teniendo en cuenta lo dispuesto por el art. 298 del C.P.C.C. Y T., RESUELVO: 2) Emplazar a los demandados ANITA ALICIA CARRERA, MARIO VICENTE BECERRA, MARINA LILIANA BECERRA, HUGO ARMANDO BECERRA y CARLOS RAÚL BECERRA, a dar cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de fs. 126/131, debiendo efectuar la correspondiente escrituración del inmueble sito en Manzana D, casa 20 del Barrio México I de Coquimbito, Maipú, Mendoza e inscripto en el Registro de la Propiedad Raíz en la Matrícula N° 06716/4, Asiento A-1, del Folio Real, en favor del actor Sr. JULIO CESAR VEGA, en el plazo de TRES (3) DÍAS, bajo apercibimiento de que si así no se hiciera la escritura deberá ser otorgada por el tribunal en el caso de ser material y jurídicamente posible.- 3) Cítase al demandado para defensa por el Término de TRES DÍAS, emplazándolo en igual término a constituir domicilio legal, bajo apercibimiento de ley (art. 21, 298 del C.P.C.C. Y T.). Fdo: Dra. Roxana Alamo-Jueza” y asimismo a para fecha 29 de Septiembre de 2021.- VISTOS Y CONSIDERANDO: RESULEVO: I.- Previo a lo solicitado corresponde publicar en sistema informático IURIX el mismo auto que obra a fs. 147 en soporte papel y que fuera notificado correctamente a las partes, el que a continuación se transcribe: “Martes 11 de Febrero de 2020. VISTOS Y CONSIDERANDO: Estos autos arriba intitulados, atento a lo solicitado, lo resuelto a fs. 126/131 y teniendo en cuenta lo dispuesto por el art. 298 del C.P.C.C. Y T., RESUELVO: 1) Téngase por presentado, parte y domiciliado en el carácter invocado en mérito al escrito ratificatorio que se acompaña.- 2) Emplazar a los demandados ANITA ALICIA CARRERA, MARIO VICENTE BECERRA, MARINA LILIANA BECERRA, HUGO ARMANDO BECERRA y CARLOS RAÚL BECERRA, a dar cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de fs. 126/131, debiendo efectuar la correspondiente escrituración del inmueble sito en Manzana D, casa 20 del Barrio México I de Coquimbito, Maipú, Mendoza e inscripto en el Registro de la Propiedad Raíz en la Matrícula N° 06716/4, Asiento A-1, del Folio Real, en favor del actor Sr. JULIO CESAR VEGA, en el plazo de TRES (3) DÍAS, bajo apercibimiento de que si así no se hiciera la escritura deberá ser otorgada por el tribunal en el caso de ser material y jurídicamente posible.- 3) Cítase al demandado para defensa por el Término de TRES DÍAS, emplazándolo en igual término a constituir domicilio legal, bajo apercibimiento de ley (art. 21, 298 del C.P.C.C. Y T.).- REGÍSTRES. NOTIFÍQUESE.- RESÉRVESE SIN SALIR EN LISTA.-”.-II.- Firme el presente y a nuevo pedido de parte se proveerá lo que corresponda.-REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE.- FDO- Fdo: Dra. Roxana Alamo-Jueza.-
Publicado los días: 18/02/2022, 23/02/2022 y el 02/03/2022.-



