Tarifas

Restringieron los subsidios de Zona Fría a quienes tienen más de dos medidores a su nombre

En la Zona Fría Ampliada quienes cuentan con más de un medidor a su nombre, podían acceder al beneficio del subsidio del 50% en un solo suministro

Por UNO

Se precisó que hasta ahora los usuarios dentro del régimen de "Zona Fría Ampliada" que cobran menos de cuatro salarios mínimos y contaban con más de un medidor o suministro a su nombre, podían acceder al beneficio del 50% de descuento en todos ellos. Ahora podrán acceder al subsidio del 50% en solo uno de sus suministros. En los restantes, se aplicará la bonificación general del 30%, prevista por ley.

Así lo estableció la Secretaría de Energía a través de las resoluciones 216/2025 y 219/2025, publicadas en el Boletín Oficial.

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El truco de un ingeniero para ahorrar dinero al utilizar la calefacción.

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Subsidios a la energía

Estas normas fijan los lineamientos para que los usuarios pidan la revisión de categoría en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) mediante la plataforma Trámites a Distancia (TAD).

El Régimen de Zona Fría prevé la aplicación de cuadros tarifarios diferenciales para los beneficiarios en las zonas geográficas alcanzadas.

Estos descuentos pueden ser equivalentes al 50% o 70% de las tarifas plenas.

En el marco de un "Período de Transición hacia Subsidios Energéticos Focalizados", prorrogado hasta el 31 de mayo de 2025, la Secretaría ha estado evaluando la estructura de subsidios.

De las evaluaciones realizadas sobre datos proporcionados por el ENARGAS, se identificó un número considerable de registros de beneficiarios repetidos: 137.975 CUIT/CUIL de titulares con el beneficio asignado automáticamente para dos o más medidores.

Según la resolución, la tenencia o registro de múltiples medidores es un indicador de que el beneficiario es titular, posee u ocupa más de un inmueble.

Esta situación contradice la condición de vulnerabilidad que es necesaria para acceder al descuento mayor, equivalente al 50% de la tarifa.

Por ello, la Resolución 219/2025 instruye a la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético a aplicar un nuevo criterio en la conformación del Registro Único de beneficiarios y beneficiarias especiales del Régimen de Zona Fría.

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