Cuadro tarifario

La Nación autorizó modificar subsidios para las tarifas de la luz y el gas

A partir de junio habrá un nuevo esquema de subsidios para usuarios de ingresos medios y bajos. Se publicó en el boletín oficial

Por UNO

El Gobierno nacional autorizó un incremento de al menos 65% en las tarifas de luz para usuarios de ingresos medios y bajos, efectivo desde junio tras oficializar el periodo de transición hacia un nuevo esquema de subsidios energéticos, reduciendo los topes máximos de consumos subsidiados para usuarios de ingresos bajos y medios.

Los nuevos lineamientos fijados por el Ejecutivo nacional se conocieron este martes mediante cuatro resoluciones publicadas en el Boletín Oficial, enmarcadas dentro de la etapa de transición para pasar de subsidios generalizados a focalizados, que va desde el 1 de junio al 30 de noviembre, en los que establece las bonificaciones y los nuevos valores mayoristas para el gas y la luz.

El nuevo precio estacional de la energía se establece en $57.214 por megawatt/hora. Los subsidios aplicados son del 71,9% para hogares de ingresos bajos y del 55,9% para los de ingresos medios que ya cuentan con bonificación.

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Desde la Secretaría de Energía explicaron que “se efectiviza así el inicio del proceso para pasar de un régimen de subsidios generalizados a uno focalizado, en el cual el usuario puede conocer el costo del kwh de energía eléctrica y m3 de gas natural que es idéntico para todos, y la asistencia que le brinda el Estado Nacional a los usuarios según su capacidad de pago y que alcanza hasta un límite de consumo limitado mediante el reconocimiento de un pago menor (bonificación)”.

Actualmente, los subsidios están segmentados de acuerdo a tres tipos de hogares: los de ingresos altos (N1), ingresos bajos (N2) e ingresos medios (N3). Los N2 y N3 son los que cubren la menor parte de los costos de la energía que consumen.

En cuanto a los topes o límites de consumo bonificados:

En el caso del gas natural: N1 no tiene topes. N3 mantiene vigentes los topes establecidos en la Resolución de la Secretaría de Energía nro. 686, según distribuidora. A los N2, se aplican los mismos topes de consumo que para los N3.

En energía eléctrica: N1 no tiene topes. N3, cantidad subsidiada de 250 kWh/mes, reemplazando los 400 kWh/mes; N2 tendrá un máximo de consumo subsidiable de 350 kWh/mes, dejando sin efecto el hecho de que estos usuarios no tenían ningún límite al consumo subsidiado, incentivando con esta medida el consumo eficiente y responsable.

Los nuevos topes de consumo para los usuarios eléctricos sin acceso al servicio de gas natural por redes y gas propano indiluido por redes, ubicados en determinadas zonas bioclimáticas, sólo para el período del 1º de junio hasta el 31 de agosto de 2024, son: N3, 500 kWh/mes y N2, 700 kWh/mes.

Los consumos menores a los topes establecidos se denomina consumo base. Los consumos a los topes establecidos anteriormente se considerarán consumos excedentes y se pagarán a los precios PIST y PEST fijados por la Secretaría de Energía, sin bonificación.

Por otro lado, las bonificaciones sobre los precios mayoristas que fija el Gobierno nacional, serán las siguientes:

  • Gas Natural: Para usuarios N1 no habrá bonificación, pagan el precio PIST (Punto de Ingreso al Sistema de Transporte) fijado por la Secretaría de Energía. Los N3, abonan un 55% del precio de gas en PIST, correspondiente al N1. El consumo excedente será valorizado al precio de gas en PIST, sin bonificación. Los N2, abonan un 64% del precio de gas en PIST, correspondiente al N1. El consumo excedente será valorizado al precio de gas en PIST, sin bonificación.

Por ejemplo:

  • N1, con un consumo promedio de 149 m3, pasará de $25.756 a $28.142
  • N3, con un consumo promedio de 171 m3, pasará de $24.465 a $26.865
  • N2, con un consumo promedio de 159 m3, pasará de $15.638 a $20.797

Desde Energía aclararon que “se mantienen los regímenes de subsidios específicos como Tarifa Social y Zona Fría”, mientras que “para las entidades de Bien Público, Clubes de Barrio y de Pueblo, y otras categorías de usuarios sin fines de lucro asimilables, en los términos de las Leyes No 27.218 y 27.098, se aplican las bonificaciones al precio de gas natural y energía eléctrica para N2 para el total del volumen consumido”.

  • Energía Eléctrica: Para usuarios N1 no habrá bonificación, pagan el precio PEST fijado por la Secretaría de Energía. Los usuarios N3, abonarán un 55,94% sobre el precio definido para el segmento N1, sin bonificación. El consumo excedente será valorizado al precio definido para N1. Y los usuarios N2, pagarán un 71,92% sobre el precio definido para el N1. El consumo excedente será valorizado al precio definido para N1, sin bonificación.

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