El impuesto entró en vigencia el 16 de septiembre por lo que, esta devolución del dólar ahorro abarca los consumos realizados desde ese día hasta el 31 de diciembre de 2020.
Las percepciones sufridas en 2021 se computarán en la liquidación anual o final del trabajador.
Si las percepciones informadas por el empleado son de un monto mayor a lo que su empleador retuvo por ganancias, se le hará la devolución por ganancias y es el trabajador el que deberá solicitar aparte el reintegro del saldo restante a la AFIP, presentando antes la declaración jurada donde se corrobore el saldo que le quedó a favor.
Paso a paso
- Ingresar en la web de la AFIP con clave fiscal 2 o superior
- Ingresar en la sección Siradig Trabajador
- Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a cuenta
- Luego a Agregar Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta
- Y luego a Pago a Cuenta - Resolución General (AFIP) 4815/2020.
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Devolución del dólar ahorro: cómo hacer el trámite en Siradig de la AFIP
¿Y si no pago Ganancias? ¿Cómo pido la devolución del dólar ahorro?
Desde enero quedó habilitado el servicio “Devolución de Percepciones AFIP”.
Se ingresa con el número de CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior. El contribuyente tendrá que tener domicilio fiscal electrónico constituido.
El instructivo para el paso a paso de cómo solicitar la devolución se encuentra en la página oficial de la AFIP.
Por cada mes en el que se hizo una percepción, hay que hacer un trámite diferente. Esto es, hay que presentar tantas solicitudes de devolución como meses en los que se hizo la retención.