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Esta celeridad es posible gracias al "juicio abreviado inicial", una herramienta judicial que se aplica desde agosto para los casos donde el acusado confiesa el hecho y acepta una pena pactada con el fiscal tras ser imputado formalmente

Van 66 casos donde se dictan condenas a los pocos días de cometido el delito

Editado por [{"idCMSUsuario":"91","nombre":"José Luis Salas","email":"joseluisprensa10@gmail_com"}]

A fines de noviembre se condenó a los dos autores del asalto a la distribuidora Di Santo, veredicto que se dictó a sólo 20 días de cometido el robo en el que se alzaron con más de medio millón de pesos. Esta inusual rapidez judicial tiene una explicación y se denomina "juicio abreviado inicial", una herramienta que introdujo el nuevo Código Procesal Penal que acelera los tiempos de la Justicia, un viejo reclamo de la sociedad.

Estos "juicios exprés" comenzaron a aplicarse en los últimos meses y permiten logran sentencias a los pocos días de la detención de los acusados de cometer delitos, en la misma etapa de instrucción, es decir sin necesidad de cerrar la causa y elevarla a un juicio común ante un tribunal, que en promedio este proceso dura en San Rafael entre seis y un año, y en algunos casos más tiempo.

Desde el 1 de agosto de este año, cuando comenzó a regir este régimen, se han realizado 66 juicios abreviados iniciales en todo el Sur mendocino, de los cuales 29 se hicieron en San Rafael, 22 en Malargüe y 12 de General Alvear, según datos oficiales de la Inspección de Justicia.

Pero sólo se utiliza bajo ciertas condiciones. La principal es que el o los imputados reconozcan haber cometido el delito y acepten esta modalidad de juzgamiento.

Además, "requiere de un previo acuerdo entre el fiscal (a cargo del caso) y del imputado a través de su defensa técnica, donde las partes acuerdan resolver la causa por medio de un juicio abreviado. El fiscal debe prestar su consentimiento, el imputado debe admitir su participación en el hecho y por supuesto el juez de garantías es quien homologa este acuerdo y procede a condenar conforme al acuerdo pactado", explicó a UNO San Rafael Gonzalo Nazar, fiscal adjunto de la Procuración General de la Provincia, (el número 2 del jefe de los fiscales).

El acuerdo incluye una pena pactada entre fiscal y abogado defensor que se le propone al magistrado. Además, se le consulta a la víctima.

Esta opción se puede utilizar "desde que la persona sospechada es imputada (de un delito) de modo formal y hasta la clausura de la investigación penal preparatoria".

Nazar destacó que esto "trae muchas ventajas porque permite un ahorro, en el buen sentido, de los recursos materiales y humanos que se ven involucrados en la administración de justicia y por supuesto tiende a descongestionar el cúmulo de causas que presenta hoy el Poder Judicial. Además de brindarle a la víctima una respuesta rápida y eficiente".

Esta alternativa se aplica generalmente en causas donde las pruebas contra el acusado son contundentes, es decir que "está hasta las manos", y resulta una pérdida de tiempo esperar los distintos pasos procesales para llegar al juicio común.

Diferencias

El procedimiento del "juicio abreviado inicial es similar al "juicio abreviado final" (que se utiliza hace años), ya que en ambos se necesita la confesión del acusado, el pacto de pena entre fiscal y defensor y aceptación del acuerdo por parte de un juez o tribunal. Pero la diferencia radica en el momento en que se utiliza. El primero se puede aplicar desde el momento que un sospechoso es formalmente acusado, mientras que para hacer el "abreviado final" hay que esperar que la instrucción (investigación judicial) está finalizada y elevada a debate oral ante un tribunal.

Dos casos resonantes donde hubo "justicia exprés"

Eduardo Sigali y Diego Hernández fueron condenados el 23 de noviembre a 9 años de prisión por robar con una pistola 9 mm y encapuchados $550.00 y cheques en la distribuidora Di Santo, en Los Sauces casi Balloffet, el 3 del mismo mes. Protagonizaron una persecución que incluyó abandonar su auto y robarse otro a punta de pistola para seguir el escape.

Su defensa pidió un juicio abreviado inicial con una pena de 9 años, el fiscal y la víctima dieron su conformidad, y el juez Pablo Peñasco dictó la sentencia condenatoria por el delito de "robo agravado con arma de fuego". El entregador cayó después, pero sigue un proceso judicial normal.

En Malargüe, 7 personas recibieron condenas en suspenso y efectivas por distintos delitos en juicios abreviados iniciales realizados 13 de octubre, 4 días después de haber sido detenidos en el marco de 26 allanamientos junto a otros doce individuos, de los cuales nueve fueron desvinculados a las pocas horas.

En juicio abreviado condenaron a 9 años a los asaltantes de la distribuidora Di Santo A 4 días del megaoperativo en Malargüe, el fiscal Giaroli dictó condenas efectivas

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