La Cámara de Diputados de Mendoza dio sanción final al proyecto de ley que llegó en revisión desde el Senado, mediante el cual se modifica la Ley de Seguridad Vial y se incluye la licencia de conducir digital entre la documentación exigible por las autoridades.
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Se trata del inciso f del artículo 99 de la Ley Nº 9024 - de Seguridad Vial-, que hace referencia a la retención o el retiro de los vehículos sin perjuicio de la multa que pudiera corresponder. La nueva redacción hace referencia a la incorporación de la licencia de conducir digital como parte de la documentación y a la posibilidad de retención o el retiro de los vehículos sin perjuicio de la multa que pudiera corresponder.
El texto corregido señala que se procederá a tal situación, cuando “su conductor no tuviere edad para conducir, careciere de licencia habilitante en soporte físico o digital expedida por la autoridad pertinente a través de los medios habilitados, o la misma no correspondiese a la categoría del vehículo, cuando la licencia estuviese caducada en su término de vigencia, no renovada o habilitada debidamente, estuviere bajo intoxicación de estupefacientes, siempre que no hubiere personas habilitadas que puedan reemplazarla inmediatamente en la conducción”.
Para obtener la licencia digital, los interesados deben ingresar a la página
https://www.argentina.gob.ar/miargentina/servicios/licencia-digital y bajar una aplicación que, a su vez, indica cada paso a seguir.




