Cómo se reparte la herencia en una familia cuando no hay testamento
Este esquema, previsto en el Código Civil y Comercial de la Nación, busca asegurar que el patrimonio de la herencia se transmita a los familiares más cercanos, priorizando la protección de la familia. El orden de los herederos es el siguiente:
- Descendientes: los hijos heredan en partes iguales. Si alguno falleció antes, su porción pasa a sus propios hijos (nietos del causante)
- Ascendientes: si no hay hijos ni nietos, heredan los padres en partes iguales. A falta de ellos, la sucesión se transmite a los abuelos.
- Cónyuge: siempre hereda, y le corresponde compartir con los descendientes o ascendientes. Si no hay parientes en esas líneas, el cónyuge recibe la totalidad de la herencia.
- Colaterales: en ausencia de descendientes, ascendientes y cónyuge, heredan los hermanos y, en su defecto, sobrinos, tíos o primos, hasta el cuarto grado de parentesco.
- El Estado: si no existen herederos ni cónyuge, estamos en presencia de una "herencia vacante". Es decir, los bienes pasan al Estado.
herencia, familia
La ausencia de testamento puede llevar a una serie de conflictos familiares.
- Porción legítima: aunque no haya testamento, la ley reserva porciones obligatorias llamadas legítimas para los herederos forzosos (descendientes, ascendientes y cónyuge). Esto significa que no pueden ser desplazados ni privados de su parte, aun si el causante hubiese hecho donaciones en vida.
Ejemplo práctico
Una persona muere sin testamento y deja cónyuge y dos hijos. La herencia se dividirá en tres partes iguales, correspondiendo una al cónyuge y una a cada hijo.
En conclusión, régimen sucesorio argentino refleja una clara intención de proteger a la familia cercana, asegurando que los bienes no queden librados al azar. En ausencia de testamento, la ley ordena el reparto y garantiza que los más próximos al causante reciban lo que les corresponde por derecho.