Fallo inédito

Autorizaron a una mujer a dar a luz a su propio nieto

La Justicia de Familia de Rosario permitirá que una mujer de 50 años tenga a su nieto. Las condiciones que impuso el juez de la causa
Por UNO

La Justicia de Familia de Rosario dio a conocer un fallo inédito en el que se autoriza a una mujer a dar a luz a su propio nieto. La razón del fallo se centra en que la hija de la mujer no puede tener familia y esto le afectó seriamente su psiquis al verse afectado su deseo de ser madre.

Una vez que madre e hija supieron el diagnóstico intentaron buscar una solución, hasta que se enteraron de la existencia de la técnica de subrogación de vientre. Fue allí cuando la mujer de 50 años le dio una esperanza a su hija.

Por un lado, las mujeres fueron a la Justicia para ser autorizadas. Al mismo tiempo, la hija y su pareja se practicaron diversos estudios médicos y psicológicos que los dieron como aptos para lo que intentaban hacer. Una vez que los aprobaron, la Justicia de Familia les dio el ok.

El juez de Familia Gustavo Antelo destacó "lo valioso y altruista que resulta el noble gesto de la mujer, la que sabedora del claro deseo de su hija en convertirse en madre, no ha dudado en asumir el rol de madre gestacional, situación otrora de imposible materialización y hoy en día cada vez mas habitual gracias a los notorios avances médicos y científicos".

El magistrado mencionó jurisprudencia que afirma que "la filiación mediante técnicas de reproducción humana asistida se encuentra en igualdad de condiciones y efectos que la filiación por naturaleza o por adopción".

Finalmente, el juez sostuvo que "la Corte Interamericana de Derechos Humanos expresó que la salud debe entenderse como estado completo de bienestar, mental y social, y no solo ausencia de afecciones o enfermedades. Dentro del concepto de salud, se encuentra incluida la salud reproductiva, definida esta como un estado general de bienestar físico, mental y social y no de mera ausencia de afecciones o enfermedades, en todos los aspectos relacionados con el sistema reproductivo y sus funciones y procesos; abarcando la capacidad de disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos; de procrear y la libertad de decir hacerlo o no hacerlo, cuando y con qué frecuencia".

El juez Antelo estimó ajustado a derecho hacer lugar al pedido de autorización para la realización de transferencia de embriones a través de gestación por sustitución. Además, dispuso que el bebé sea inscripto como hijo de la pareja y le impuso la obligación de informarle sobre su origen gestacional cuando adquiera la edad y grado de madurez suficientes.

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