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Revocan fallo que ordenaba a banco restituir la comisión que cobró a clientes

La Cámara Nacional en lo Comercial revocó un fallo que ordenaba a un banco devolverle a los clientes la comisión por depósitos o extracciones por ventanilla

La Cámara Nacional en lo Comercial revocó una sentencia que condenaba a un banco a restituir a sus clientes, la comisión que cobró durante varios años por operaciones de depósito o extracción de dinero por ventanilla, confirmaron este miércoles fuentes judiciales. Además, la Sala D de la Cámara impuso las costas de primera instancia a la Asociación de Consumidores y Usuarios (ADUC), promotora de la demanda contra el Industrial and Comercial Bank of China (ICBC), como continuador de Standard Bank Argentina S.A.

En la instancia anterior se había ordenado a restituir, con intereses, a los titulares de cajas de ahorro, el aumento del cargo o comisión cobrado por la atención en ventanilla entre el 1 de julio de 2008 y 19 de julio de 2013, porque si bien el Banco Central de la República Argentina (BCRA) había autorizado el incremento, no se contó con la conformidad del cliente.

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La Sala D de la Cámara afirmó, en cambio, que en su momento el Standard Bank cumplió los dos requisitos exigidos por el BCRA: la notificación al cliente y su conformidad, que en el caso operó por la falta de manifestación expresa de desacuerdo dentro de los 60 días de recibida la respectiva comunicación, como figuraba en el contrato que se hacía firmar para la apertura de cuentas.

Un perito en informática no pudo aportar datos útiles sobre notificaciones a los clientes, pero el tribunal ponderó informes de una empresa de correos que afirmó que, en abril de 2008, entregó correspondencia a destinatarios que, luego se comprobó, eran usuarios de cuentas de lo que en la actualidad es el ICBC.

El fallo que revocó la sentencia de primera instancia e impuso las costas de esa etapa procesal a ADUC fue firmado por los camaristas Juan Garibotto, Gararso Vassallo y Pablo Damián Heredia.

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