El juez José Valerio votó en disidencia y en sus discrepancias con sus pares asegura que no se constata "la ilegitimidad del acto legislativo cuestionado, cuya dilucidación exige una instancia con amplitud de debate y prueba, que exceden del conocimiento provisorio de una precautoria".
Asegura Valerio también que "tampoco se ha probado, ni sumariamente, que su cumplimiento ocasione un perjuicio irreparable a los derechos constitucionales que la peticionante denuncia como conculcados, ello toda vez que, en su caso, los mismos pueden ser objeto de indemnización o de restitución".
Al fijar el alcance de la medida "hasta tanto se dicte sentencia definitiva" los jueces de la Sala II de la Corte están llevando la discusión de fondo no sólo a un pleno de la Suprema Corte, en donde deban manifestarse los 7 integrantes, sino que incluso la discusión podría llegar a la Corte Suprema de la Nación.