El 17 de octubre entrará en vigencia el nuevo Régimen Especial Penal Juvenil, que adapta con la ley provincial 9.735 la norma nacional 27.801. El Código Procesal Penal Juvenil de Mendoza establece el procedimiento que deberá seguir la Justicia ante delitos cometidos por chicos de 14 a 17 años.
Once adolescentes de 14 y 15 años quedaron bajo medidas judiciales en apenas 40 días
Con el nuevo Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil, la Justicia Federal derivó 2 casos por drogas. Hoy son 42 los jóvenes privados de libertad en Mendoza
El régimen nacional comenzó a regir en todo el país el 5 de septiembre. Y durante poco más de un mes, Mendoza transitó una etapa mixta entre la vieja ley 6.354 -que data de 1995- y la norma nacional.
“Hasta el 17 de octubre estamos en una etapa mixta donde ya están rigiendo normas de la ley nacional, sobre todo las que establecen el rango etario de personas punibles de 14 a 17 años, y los tipos de delitos, todos los del Código Procesal Penal, que ahora sean cometidos por esas personas”, explicó María Milagros Noli, directora de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia de la Suprema Corte y Coordinadora del Fuero Penal Juvenil.
Explicó que se estableció un sistema dual de intervención en donde por un carril corría la investigación penal y por otro lado el tratamiento proteccional o tutelar que estaba a cargo de jueces del Fuero Penal Juvenil. A partir del 17 de octubre cambia también el sistema procesal.
“Cambia la forma en que van a ser sometidos a procesos. Cómo los jóvenes que delinquen van a ser enjuiciados”, explicó Noli.
Ambas legislaciones plantean como objetivos centrales fomentar la responsabilidad por los actos cometidos e impulsar la educación, resocialización e integración de los adolescentes en conflicto con la ley.
466 jóvenes con medidas alternativas
Como explicamos más arriba, la ley nacional que bajó la edad de imputabilidad a 14 años, empezó a regir en todo el país el 5 de septiembre. Desde ese día a la fecha, once chicos de 14 y 15 están bajo medidas judiciales en Mendoza. Sin embargo, esa cantidad de adolescentes en conflicto con la ley se sumó a los 455 que ya estaban con medidas alternativas.
“Los once están con medidas en el territorio. Como dato característico, es que tenemos dos casos derivados de la Justicia Federal, algo que no veníamos trabajando. Están en nuestra Unidad de Medidas Alternativas. Es decir no se ha incrementado el número de chicos internados”, explicó Daniel Patiño, el titular de la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil
Cuando entró en vigencia la ley, en el ex COSE había 47 chicos privados de la libertad. Hoy son 42. Y es porque en estos 40 días, cinco jóvenes cumplieron sus condenas o fueron trasladados a penales de adultos. Y los que fueron hallados cometiendo delitos, no quedaron privados de la libertad sino bajo medidas alternativas, que más adelante explicaremos de qué se tratan.
¿Quiénes intervienen cuando un jóven es aprehendido?
La ley, sancionada por la Legislatura provincial el 30 de septiembre, estableció un régimen específico para adolescentes en conflictos con la ley penal y un Código Procesal Penal Juvenil propio.
Esta norma define tanto el procedimiento judicial como la organización administrativa para ejecutar y supervisar las medidas definidas por la Justicia.
Uno de los puntos centrales del Código de Mendoza es que estipula que el proceso penal juvenil tendrá organismos y operadores especializados.
En el momento de la aprehensión de un adolescente intervienen tres pilares del sistema: Ministerio de Justicia y Seguridad -a través de la policía-, Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y DGE -a través de la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil con Upana y UMA que serán los organismos administrativos- y la Justicia Penal Juvenil.
La estructura contará con equipos técnicos interdisciplinarios y supervisores especializados. Y la articulación será entre el Poder Judicial, el Ministerio Público y organismos del Poder Ejecutivo vinculados con la educación, salud, seguridad, capacitación, recreación, deporte, vivienda y empleo.
Según el Código, cuando un joven es aprehendido por la policía, en un plazo máximo de tres horas, el fiscal penal juvenil será quien decida si es es trasladado a la Unidad de Procedimientos y Abordaje de la Niñez y Adolescencia (Upana) o dispone su reintegro a su entorno familiar o de referencia. Las Upana son las ex comisarías del menor. Una está en Godoy Cruz, y es la que recibe a los jóvenes del Gran Mendoza y Valle de Uco, otra en San Rafael, en General Alvear y en el Este hay una sede en Junín.
“El fiscal decide si esa persona continúa privada de su libertad o no. Antes era un juez penal de menores. Luego de ese tránsito en Upana los destinos pueden ser varios: recuperar la libertad o bien solicitar al juez que dicte la prisión preventiva, y en ese caso, se hace en la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil. Nunca en la comisaría puede estar el adolescente privado de libertad en una larga estancia”, explicó la doctora Noli.
Penas privativas de libertad en el ex COSE
En estos casos los jóvenes son alojados exclusivamente en centros especializados del sistema penal juvenil, separados de personas adultas. En Mendoza, ese lugar es el ex COSE, en la calle Montes de Oca de Godoy Cruz.
En este espacio de internación hay un régimen socioeducativo para la reinserción social con acceso a la educación, salud, formación laboral y actividades culturales, deportivas y recreativas.
El 5 de octubre, la Comisión Bicameral de Seguridad recorrió el predio y advirtió por la necesidad de más recursos para inversiones para la adecuación al nuevo Régimen Penal Juvenil.
Actualmente la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil tiene un total de 85 plazas y un cuerpo de 120 operadores.
"¿Han ampliado las instalaciones del ex COSE, por si hay un incremento de chicos que queden privados de la libertad?", le consultamos a Patiño
“No, nosotros ya contamos con 85 plazas. Lo que sí hemos hecho es tener un sector específico para cumplir esta normativa, como dice la ley nacional, de que los chicos de 14 y 15 años estén en un sector diferenciado, de los de 16 y 17 años”.
Sin embargo, desde el Ministerio de Educación, Cultura Infancias y DGE se informó que se inauguró un nuevo espacio en la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil con capacidad para seis adolescentes.
¿Cuáles son las medidas alternativas?
La Unidad de Medidas Alternativas a la Privación de la Libertad (UMA) ejecuta las medidas no privativas de la libertad, los programas comunitarios, el régimen abierto y los dispositivos de acompañamiento territorial.
Las medidas alternativas pueden ser:
- Amonestación: es un llamado formal para que el adolescente comprenda la gravedad de sus actos.
- Prohibición y restricciones: limitaciones a no concurrir a ciertos lugares o a no acercarse a la víctima. Prohibición de conducir vehículos.
- Prestación de servicios a la comunidad: realización de tareas de utilidad social o comunitaria.
- Reparación del daño: acciones concretas para compensar a la víctima por el perjuicio causado.
- Monitoreo electrónico: seguimiento mediante dispositivos tecnológicos sin necesidad de alojar al adolescente en un instituto cerrado.
- Reglas de conducta y acompañamiento: asistencia obligatoria a la escuela, programas de salud, formación laboral y supervisión de los equipos territoriales especializados.
Generalmente quienes reciben medidas alternativas cometieron delitos leves o medios. Para los hechos leves, igual el joven atraviesa un proceso penal con imputación y antecedentes y su condena no supera los tres años. Para los medios las penas van de 3 a 10 años y si no causó muerte o violencia física grave puede terminar con medida alternativa.
Quienes no recibirán medidas alternativas, son aquellos jóvenes que cometan delitos graves cuyas penas superan los 10 años y deben cumplir arresto domiciliario o internación privados de la libertad en un instituto.
Supervisores especializados: por ahora 60 monitores
La ley 9.735 incorpora la figura del Supervisor Especializado, quién será el encargado del seguimiento individual de los adolescentes sometidos a medidas judiciales.
Deberán ver periódicamente la evolución de cada caso, elaborar informes técnicos para la Justicia y para los equipos interdisciplinarios. Y comunicar de manera inmediata al juez los incumplimientos graves o injustificados por parte del joven de las pautas impuestas.
Este seguimiento personalizado es para que aquellas medidas que impliquen privación de la libertad, se cumplan en territorio con control durante todo el proceso.
“Nosotros en el Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil de Mendoza ya veníamos trabajando con la figura del monitor de la UMA. Ellos hacían un seguimiento de los casos. Tenemos alrededor de 60 monitores, algunos profesionales, y entre ellos va a estar compuesto en una primera instancia el registro de supervisores. Contamos con profesionales de la psicología, del trabajo social, de las ciencias sociales también. Los informes ya se venían haciendo de alguna manera”, respondió Daniel Patiño.
“Hoy tenemos los planos, ahora empezamos a trabajar, vamos a ir formando esta estructura de trabajo”, reconoció el titular de la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil.
En pocas palabras
- Nuevo Régimen Penal Juvenil: Mendoza implementa un sistema para delitos cometidos por jóvenes de 14 a 17 años desde el 17 de octubre.
- Efectos iniciales: en 40 días, 11 adolescentes quedaron bajo medidas judiciales, sumándose a 455 con medidas alternativas; 2 casos son de Justicia Federal.
- Medidas alternativas: incluyen amonestación, prohibiciones, servicios comunitarios, reparación del daño y monitoreo electrónico, priorizando la resocialización.
