Inclusión

La ley de cupo laboral trans fue aprobada por el Senado

El cupo laboral trans ya rige en el Poder Ejecutivo y ahora se extenderá ese piso de derechos a los demás poderes del Estado

Por UNO

Este jueves con 55 votos afirmativos, uno negativo y seis abstenciones el Senado de la Nación convirtió en Ley el proyecto de inclusión laboral para la población trans, travesti y transgénero, que establece que el Estado deberá contratar al menos el 1 por ciento de la dotación de la administración pública, en todas las modalidades de contratación regular vigentes.

La iniciativa, que lleva como nombre Diana Sacayán y Lohana Berkins en homenaje a dos activistas del colectivo víctimas de travesticidios, también incluye a ministerios públicos, entes públicos no estatales, organismos descentralizados o autárquicos y empresas y sociedades del Estado.

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En una sesión pública especial del Senado de la Nación se trató el proyecto de acceso al trabajo de personas trans.

En una sesión pública especial del Senado de la Nación se trató el proyecto de acceso al trabajo de personas trans.

El cupo laboral trans ya rige en el Poder Ejecutivo y ahora se extenderá ese piso de derechos a los demás poderes del Estado, teniendo en cuenta la situación de vulnerabilidad de esta minoría en relación al mercado de trabajo, producto de la histórica marginación social a la que es sometida.

Entre los beneficios que estipula la ley para este personas pertenecientes a este colectivo se encuentra la posibilidad de ingresar al puesto de trabajo aunque no haya completado los ciclos de formación educativa, aunque se exige como condición que se retomen y finalicen esos estudios.

https://twitter.com/EliGAlcorta/status/1408183717437349892

A su vez, la iniciativa prevé incentivos en las contribuciones patronales de 12 y 24 meses (dependiendo del tamaño de la empresa) en caso de contratar personal de este colectivo.

La ley también contempla el acceso a créditos en el Banco Nación con tasa preferencial para el financiamiento de proyectos productivos de personas de este colectivo, garantizando capacitación para el acceso al beneficio.

Por otra parte, no se tendrán en cuenta los antecedentes contravencionales para el ingreso al trabajo, así como tampoco los antecedentes penales que resulten irrelevantes para el acceso al puesto laboral, teniendo en cuenta la particular situación de vulnerabilidad de este colectivo.

Fuente: NA

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