El Senado de Mendoza aprobó por unanimidad este martes la ley que establece un régimen permanente para regularizar la titularidad de las viviendas sociales del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) y habilita nuevas herramientas para la readecuación y cancelación anticipada de créditos habitacionales.
La iniciativa, que venía con media sanción de la Cámara de Diputados, fue enviada al Poder Ejecutivo para su promulgación. A partir de ese momento, el IPV dispondrá de un plazo de 90 días corridos para reglamentar la normativa y definir los procedimientos operativos.
Regularización dominial y cambio de titularidad
Uno de los ejes centrales de la norma es que busca dar respuesta a miles de familias que habitan casas adjudicadas originalmente por el IPV, pero que fueron adquiridas a través de boletos de compraventa, permutas o cesiones de derechos.
- Cesiones e instrumentos privados: para tramitar el cambio de titularidad y avanzar hacia la escrituración, los poseedores deberán acreditar una ocupación pública, pacífica y continua de al menos un año, además de contar con el crédito regularizado o tener un plan de pagos al día.
- Ocupaciones de hecho: en estos casos, la ley faculta al IPV a desadjudicar o revocar adjudicaciones previas previa acreditación de una posesión ininterrumpida de al menos 3 años (frente a los 5 que exigía la legislación anterior). En caso de una nueva adjudicación, se reconocerán las cuotas que el ocupante acredite haber abonado del crédito original.
- Requisitos generales: los beneficiarios deberán acreditar una residencia mínima de 5 años en Mendoza y no poseer otra propiedad inmueble.
- Exclusiones: quedan fuera del beneficio las viviendas con denuncias por usurpación, procesos judiciales de recuperación en trámite, ocupaciones autorizadas expresamente por el IPV o préstamos ya cancelados.
Recálculo de saldos y cancelación anticipada de créditos
El segundo pilar de la ley aborda la distorsión generada por los sistemas de actualización de deudas (como el índice UVA o la variación salarial) aplicados a créditos otorgados en los últimos años, que en algunos casos provocaron que el saldo adeudado supere el valor real de mercado de la vivienda.
Para resolverlo, la norma modifica la Ley N° 4.203 e incorpora facultades para que el Directorio del IPV pueda recalcular los saldos para pagos anticipados, cancelación total o adelanto de cuotas. Para ello, tomará como referencia entre el valor del crédito y el costo de reposición de la vivienda, aplicando el monto menor de ambos.
El senador Walther Marcolini (UCR), quien actuó como miembro informante del proyecto, remarcó que el objetivo central es permitir que las familias que están al día puedan finalmente escriturar su hogar y que las deudas guarden una proporción justa con el valor de las casas, además de permitirle al Estado recuperar fondos para volcarlos a nuevos proyectos habitacionales.
En pocas palabras
- Regularización de viviendas: se aprobó ley para titularizar inmuebles del IPV y readecuar créditos.
- Cambio de titularidad: se facilita escrituración para ocupantes con boletos o cesiones, con requisitos de posesión y pago.
- Recálculo de deudas: el IPV podrá recalcular saldos de créditos por el menor valor entre el crédito y el costo de reposición.


