Los planteos
El abogado de Sánchez Rey impulsó Lla nulidad del juicio hizo invocando, entre otras razones, la "vulneración de los derechos a la salud y a la defensa en juicio" a su cliente, quien no asistió personalmente a la sala de debates ni se conectó a través de Zoom "porque está afectado por una seria situación de estrés y ansiedad justificados por los médicos del Cuerpo Auxiliar Interdisciplinario".
Sánchez Rey tiene 79 años y es parte de los denominados grupos de riesgo por la pandemia de coronavirus.
Quevedo Mendoza también cuestionó la realización del juicio político de modo semipresencial porque no está previsto en la ley 4970 ni en la Carta Magna local y que su cliente sea juzgado a pesar de que la justicia penal lo sobreseyó del delito de fraude a la administración pública por haber firmado un acuerdo millonario con una ART.
El Procurador Adjunto, Gonzalo Nazar, rechazó todos los argumentos expuestos para suspender el juicio político.
Dijo que la ausencia de Sánchez Rey no impide la realización del Jury y mencionó el caso del camarista Gustavo Estrella, que fue juzgado y destituido en ausencia; y señaló que el derecho de defensa de Sánchez Rey está garantizado por la presencia del abogado y del hijo en la sala de debates.
También agregó que Sánchez Rey podrá declarar cuando quiera si desea hacerlo. Incluso por escrito, como pueden hacerlo los magistrados.
Aclaró que el juicio político nada tiene que ver con la causa penal por fraude sino con las conductas de Sánchez Rey en la Quinta Cámara del Trabajo y con sus colegas de ese tribunal para beneficiarse con el acuerdo millonario con la ART, y señaló que la modalidad del juicio es semipresencial por la pandemia y que la presencia virtual de los 21 miembros del Jury está garantizada a través de las pantallas encendidas de las computadoras.
La difusión del juicio está garantizada a través de la plataforma oficial del Poder Judicial, explicó.
La jueza Teresa Day acompaña a Palermo en la sala de debates.