El crimen fue cometido en 1997 y el delincuente tenía 16 años en ese momento. La decisión se tomó en base a tratados internacionales en materia de niñez y derechos humanos.

La Corte revocó una condena a perpetua a un mendocino que asesinó siendo menor de edad

Por UNO

La Corte Suprema revocó una condena a prisión perpetua por "homicidio agravado" porque el condenado era menor de edad cuando cometió ese delito, el más grave de los contemplados por el Código Penal, reveló Tiempo Argentino. El máximo tribunal suscribió el dictamen firmado por la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, quien a su vez sustentó su postura adversa a la máxima condena contra un adolescente en los tratados internacionales en materia de niñez y derechos humanos que la Argentina incorporó en la reforma de 1994 con rango constitucional.

El pronunciamiento de la Corte se produjo en el caso de Diego Daniel Arce. El 26 de septiembre de 1997, cuando apenas superaba los 16 años de edad, fue sorprendido cuando presuntamente robaba botellas de gaseosas en el barrio Dorrego, de Mendoza. El dueño del comercio, Víctor Ponce, lo persiguió a bordo de su automóvil. Arce le disparó y lo mató.

El 3 de julio de 2002, el Tribunal en lo Penal de Menores de la Primera Circunscripción de Mendoza lo condenó a prisión perpetua por el delito de "homicidio agravado". La sentencia quedó firme. Pero pese a ello, "la Comisión Interamericana analizó la situación de otros individuos condenados a la misma pena que Arce, también a raíz de hechos cometidos cuando aún no habían alcanzado los 18 años de edad", y "concluyó que las condenas vulneraban la Convención Americana sobre Derechos Humanos". Por ende, "obligó al Estado argentino a garantizar una revisión amplia, en la que se atendiera suficientemente a los estándares internacionales vigentes en materia de derecho penal juvenil".

"No puede pasarse por alto que el valor de la seguridad jurídica que implica la estabilidad de las decisiones jurisdiccionales en un caso como el presente juega un papel relativamente débil. En efecto, la revisión de sentencias penales firmes en favor del condenado en virtud de la aparición de eventos inconciliables con la condena forma parte de la regulación procesal penal de todas las jurisdicciones del país", explicó Gils Carbó en su dictamen, al que se adhirieron los jueces de la Corte Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni. Enrique Petracchi, en disidencia, se había inclinado por rechazar el recurso y dejar firme la condena.

El voto mayoritario resumió que "concordemente con lo dictaminado por la señora procuradora general, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada". Ello significa que el fallo volverá a la instancia anterior para una nueva revisión que deberá, necesariamente, reducir el monto de la pena aplicada a Arce, quien está detenido desde hace más de 15 años. La consecuencia directa podría ser la libertad por el tiempo que lleva encerrado.