Por José Luis Verdericoverderico.joseluis@diariouno.net.ar
Cristina anunció cambios en los procedimientos penales para que nadie deba esperar varios años hasta el juicio oral. Mientras, Mendoza no logra aplicar un solo Código Procesal y ya asoma una nueva forma de juzgar: juicio por jurado.
Que la sabiduría sea la llave que abra la puerta hacia la libertad
Se llama Régimen Progresivo de la Pena y aunque millones de argentinos desconozcan de qué se trata, tiene mucha más incidencia en nuestra vida en sociedad de lo que creemos o imaginamos.
¿Qué es? nos preguntamos la primera vez que escuchamos nombrarlo en el argot tribunalicio, tan transitado no sólo por jueces, abogados y gente vinculada al ejercicio de la ley, sino por los curiosos periodistas a los que se nos ocurre meternos en estas lides.
El Régimen Progresivo de la Pena es un sistema compuesto por varias etapas consecutivas que, a medida que se van cumpliendo, acercan, en forma paulatina, a los penados por la ley a la ansiada libertad.
Después de cumplir determinado porcentaje del total de la pena en prisión fijada por un tribunal con la sentencia, el condenado comienza a acceder a ciertos beneficios que lo van acercando al resto de la sociedad. Siempre y cuando tenga buena conducta, ese interno penitenciario podrá seguir pagando su deuda con los mendocinos de otro modo, ya más aliviado: se disminuyen las horas de encierro y comienza a acceder a lo que públicamente conocemos como salidas transitorias, alojamiento en la Granja Penal, trabajos extramuros y libertad condicional, ya a esta altura al filo de la liberación.
Estos beneficios rigen para los presos condenados de todo el país y su concesión -o no- es potestad absoluta de los llamados jueces de la cárcel o de Ejecución Penal, los verdaderos encargados de vigilar y hacer velar por el correcto cumplimiento del Régimen Progresivo de la Pena de prisión.
Este no es un capricho mendocino, sino una normativa vigente en todo el territorio nacional, aunque muchísimos ciudadanos hayan descubierto que de las salidas transitorias (cierta cantidad de horas y determinados días de la semana) muchos penados directamente no vuelven o que de la Granja Penal es tan fácil escaparse que hasta Houdini se destornillaría de risa.
De las salidas transitorias tenemos un tremendo recuerdo, con varios nombres y apellidos como protagonistas: en 2012, Matías Quiroga fue asesinado, según la condena judicial, por Omar Tanga Gómez, quien jamás regresó de una salida transitoria concedida por el ahora ex juez carcelario (renunció hace unos meses para jubilarse) Eduardo Mathus, el mismo que fue rehén durante el motín vendimial, el mismo que en sus últimos años de carrera tuvo larguísimas licencias por razones de salud y el mismo que, oportunamente, concedió las salidas transitorias a la madre del niño Yoryi Godoy, asesinado a fines de los ’90 por el padre, pero rápidamente dejó sin efecto ese beneficio a las pocas horas de que esta novedad se supiera públicamente a través de la prensa.
El Régimen Progresivo de la Pena tiene a los jueces carcelarios como cancerberos privilegiados, pero no son los únicos, ya que muchos internos a los que se les niegan esos beneficios acuden a la instancia superior, la llamada Cámara de Apelaciones, donde en muchas oportunidades ese tribunal les da la razón(unánime o en disidencia) y les abre la puerta hacia la libertad.
La ley les da esa valiosa herramienta para utilizarla con sabiduría, atributo que cada vez cotiza más, por lo escaso, en el mundillo de las leyes.