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Otra vez se debate sobre los beneficios carcelarios. La llamada Ley Petri fue sancionada en setiembre de 2012 y todavía no puede aplicarse. Para el radical, "falta voluntad política".

Pasó un año y aún no se reglamenta la polémica ley de salidas transitorias

Rosana Villegas

villegas.rosana@diariouno.net.ar

Dos asaltantes escapan en un auto robado por el Acceso Este a toda velocidad. La policía los encierra y terminan su andanza chocando con un móvil en Maipú. Al identificarlos surge que uno era un convicto de Bahía Blanca, alojado en el penal de San Felipe, que tenía salidas transitorias para estudiar enfermería y acababa de cometer el atraco en el lapso de 5 horas que estaba fuera de la cárcel.

Este hecho reinstaló la discusión de la aplicación de los beneficios carcelarios, modificados en Mendoza con una ley –la llamada Ley Petri– que, pese a que se sancionó hace casi un año, aún falta reglamentar varias de sus disposiciones. La ley ya entró en vigencia, pero de los 3.500 presos que actualmente viven en las cárceles locales, sólo las condenas de 113 de ellos se van a regir a futuro por este código. De ellos sólo uno recibió salidas transitorias por estar condenado de un delito menor.

Si bien el controvertido Código de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, que niega beneficios carcelarios a los condenados por delitos graves, se sancionó como ley el 12 de setiembre, luego de varias dilaciones se publicó en el Boletín Oficial el 17 de octubre y entró en vigencia el 2 de noviembre de 2012.

Desde ese momento han ingresado a los penales provinciales 113 internos que han recibido condenas posteriores a la vigencia de la ley y estarán regidos por este nuevo código.

El resto de los internos, es decir unos 3.400, fueron condenados con anterioridad al nuevo código y por tanto los beneficios carcelarios que puedan recibir serán contemplados teniendo en cuenta las disposiciones de la ley vigente en el momento en que cometieron su delito.

En tres o cuatro años

“Las limitaciones de las salidas transitorias que establece la Ley Petri se van a aplicar recién dentro de 3 o 4 años, cuando los internos que lleguen condenados por delitos más graves hayan cumplido gran parte de su pena y estén en condiciones de solicitar estos beneficios. Recién ahí se podrá medir su eficacia”, especularon puertas adentro del Sistema Penitenciario Provincial.

Sin embargo, tal y como denunciara un informe de la Bicameral de Seguridad emitido en abril, esta ley y otras cuatro más que atañen a seguridad aún no se reglamentan en su totalidad, lo que es fundamental para conseguir el objetivo que se plantearon desde que se gestaron.

“No se reglamenta no por falta de recursos, sino porque hay una falta de voluntad política que se basa en la negación de la problemática de inseguridad que vive la provincia”, opinó Luis Petri, autor de la ley, quien se permitió enumerar algunos artículos del Código de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad que esperan su aplicación en algún cajón.

“Aún no aplican por ejemplo las modificaciones del funcionamiento del Organismo Técnico Criminológico (que es el que emite el informe que tendrá en cuenta el juez de ejecución penal a la hora de otorgar beneficios carcelarios), que supone que se realicen informes periódicos de mayor rigurosidad y para eso es necesario disponer del personal capacitado en cada cárcel para poder hacerlos, porque de ellos dependerán los diagnósticos de cada preso y el correspondiente tratamiento a aplicar”, especificó el legislador.

Como muestra de la necesidad de la modificación del funcionamiento del OTC, el radical recordó el caso de Omar el Tanga Gómez, acusado del crimen de Matías Quiroga, el 9 de marzo de 2012, cuando el presunto homicida gozaba de salidas transitorias. “En ese caso se había hecho un solo informe del OTC y el juez entendió que no podía negarle la salida transitoria por omisiones del Estado, que no pudo darle otras entrevistas y un mejor diagnóstico”, repasó.

Entre otras disposiciones de la ley que aún esperan ser instrumentadas, figuran también las modificaciones en los procedimientos de requisas y visitas, y la extracción de ADN a los internos que ingresen para que puedan ser incorporados en un futuro banco de huellas genéticas.

“Operativa en sí misma”

A modo de esbozo de respuesta, la subsecretaria de Justicia, Romina Ronda, reiteró que la ley es “operativa en sí misma”, es decir que en ella está implícita la implementación, y en lo que supone la limitación de las salidas transitorias ya se aplica a todos los internos condenados después de la puesta en vigencia de la ley.

Sin embargo, admitió las demoras en la aplicación de algunas disposiciones específicas. “En lo que respecta a las modificaciones de los Consejos Correccionales y el Organismo Técnico Criminológico, estamos trabajando en el decreto reglamentario porque esto requiere más infraestructura y más recursos humanos que los legisladores no tuvieron en cuenta a la hora de la sanción. En la actualidad, por ejemplo, existe un Organismo Técnico Criminológico para todo el sistema penal y la nueva ley prevé una delegación para cada uno de los complejos. Por eso tenemos que avanzar en una aplicación progresiva”, justificó Ronda.

Para la funcionaria, el resto de las disposiciones de la Ley Petri, como son los regímenes de visita, requisa y traslado de los presos, se aplican actualmente como lo disponen los estándares de convenciones internacionales, aunque se permitió recalcar que en lo que se refiere a la posibilidad de extracción de ADN a los internos esto está sujeto a que se sancione la ley de Registro de Huellas Genéticas Digitales en la Legislatura (que tiene media sanción).

“La implementación de esta extracción no es nada sencilla, porque se trata de material genético que tiene resguardo aun por leyes internacionales. Además resta definir quién va a ser la autoridad competente que tenga a su cargo este banco, que imagino deberá ser el Poder Judicial”, precisó la subsecretaria de Justicia.

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