En febrero quedaría firme el fallo sobre el primero de los más de 250 expedientes que aguardan revisión de la Cámara Federal de Apelaciones. Son 4.000 los que piden la actualización y el retroactivo.

Los docentes jubilados cobrarían a partir de febrero el 82% móvil

Por UNO

Los casi 4.000 jubilados docentes que desde 2005 esperan la sentencia que les otorgue el cobro del 82% móvil retroactivo esperan buenos noticias. De no mediar inconvenientes, en febrero quedará firme el fallo sobre el primero de los más de 250 expedientes que aguardan revisión de la Cámara de Apelaciones Federal.

En total son 300 los expedientes que aglutinan en distintos grupos a todos los jubilados afectados, de los cuales resta que el 15% obtenga la sentencia de primera instancia en el Juzgado Federal Número 2. Sobre los que la Justicia ya se expidió, en todos los casos a favor de los docentes, la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social) decidió apelar y presentar su descargo, lo que hizo que la historia siga dilatándose, a diez años de haberse iniciado.

Sin embargo, a fines de 2015 llegó la buena noticia que todos esperaban: la Cámara Federal de Apelaciones rechazó el recurso presentado por la ANSES para uno de los expedientes, lo que abre una ventana de esperanza para que el resto de los casos puedan resolverse en el transcurso del año.

Por el momento, tanto los jubilados que integran el expediente como el abogado del SUTE (Sindicato Unido de Trabajadores de la Educación), que patrocina a todos los damnificados, están a la espera de la notificación de la sentencia que la misma cámara realiza de oficio, y sería en febrero cuando la Justicia dejaría firme este fallo.

"Tenemos una sentencia que ha sido como esperábamos, porque rechaza la apelación de la ANSES y esperamos que quede firme para que podamos empezar los trámites de la ejecución, para que los jubilados tengan un plazo para empezar a cobrar las diferencias, conforme con lo que resolvió el juez", afirmó Héctor Santander, letrado del SUTE.

Además, el profesional explicó que el trámite para la segunda instancia debería ser breve, ya que a ellos les trasladan la fundamentación de la ANSES, la contestan y luego la cámara resuelve, pero eso "ha demorado muchísimo".

En cuanto al resto de los expedientes, Santander considera que seguirán el mismo camino, porque las apelaciones hasta ahora tuvieron siempre igual argumento de parte de la ANSES, reproduciendo la contestación de la demanda.

"Las causas son idénticas porque en todos los casos lo que se está reclamando es que se les pague conforme a la ley que estaba vigente al momento en el que obtuvieron el beneficio de jubilación o pensión. Eso es una disposición expresa de la ley", prosiguió.

Por último, explicó lo único que puede hacer en este momento es "contestar rápidamente cuando estén los fundamentos, para que el expediente quede para resolver".

-En espera. Quienes hicieron las demandas deberán aguardar a que salgan los fallos de la Cámara Federal de Apelaciones, momento en el que serán citados.

Diez años esperando las sentencias

El conflicto comenzó en 1996, con la transferencia de la Caja de Jubilaciones de la Provincia a la Nación. Por esa decisión, miles de docentes jubilados mendocinos comenzaron a cobrar sus haberes según lo que establece la Ley General de Jubilaciones 24.241, es decir, sin contemplar la movilidad de los haberes, percibiendo entre 40% y 50% de lo que cobraban cuando estaban en actividad.

En agosto de 2005 se inició el proceso judicial que aún hoy no termina, a instancias del SUTE y de la Asociación de Educadores Provinciales, quienes se encargaron de convocar a los damnificados. El reclamo consistió en que todos los jubilados transferidos perciban nuevamente el 82% móvil, sumado al reconocimiento de los retroactivos que les corresponden desde 2003 y hasta el momento de la liquidación.

Recién el 18 de marzo de 2014 se dio a conocer la primera sentencia, emitida por el Juzgado Federal 2, que determinó que la ANSES debía reajustar los haberes de los jubilados considerando la legislación provincial con sus pautas de movilidad, tal como figuraba cuando se les otorgó el beneficio, y seguir pagándolos de esa manera en el futuro.

Los haberes que la Justicia ordenó recalcular datan del 6 de setiembre de 2003 a la fecha de liquidación, con el fin de establecer las diferencias entre lo que cobraron y lo que debían cobrar. El monto diferencial debe abonarlo la ANSES, de forma retroactiva y agregando intereses establecidos en la sentencia.

La apelación de ANSES sobre las sentencias de primera instancia hizo que la situación se dilate más de un año pero, con el primer rechazo confirmado, los jubilados esperan que la postura se replique sobre el resto de los expedientes y este año tenga respuesta el reclamo por el que llevan esperando más de una década.

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Archivo Diario UNO
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