El fallo da un plazo de 60 días a Mendoza para que informe si realizó las obras pactadas durante la gestión de Jaque. El gobierno provincial prefirió mantener silencio.

 

La Corte Suprema de la Nación aceptó la demanda de La Pampa contra Mendoza por el río Atuel

Por UNO

La Corte Suprema de Justicia de la Nación aceptó una demanda interpuesta por La Pampa por el perjuicio que le ocasiona el corte del río Atuel y emplazó a Mendoza a que informe en un plazo de 60 días si realizó las obras convenidas en el acuerdo firmado por Celso Jaque en 2008 y qué hizo el Poder Ejecutivo para lograr que ese acuerdo se ratificara en la Legislatura.

El fallo lleva las firmas de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fayt. Es a raíz de una presentación por daño ambiental de dos abogados pampeanos.

En la Casa de Gobierno local recibieron la notificación del fallo aunque decidieron no hacer declaraciones a la prensa. “Es un tema muy delicado que se va a estudiar detalladamente”, se excusaron.

El fallo no obliga a realizar ninguna obra sino que pide informes sobre puntos que se suscribieron en el acuerdo de 2008, no ratificado en Mendoza.

En la resolución, de la que dieron cuenta ayer medios de la vecina provincia, se señala que en virtud del acuerdo firmado en agosto de 2008 entre la Nación, La Pampa y Mendoza, se requiere información sobre varios puntos, la mayoría relativos a obras que Mendoza debería haber hecho según ese acuerdo, que no fue ratificado por la Legislatura local.

Entre esos puntos figura que Mendoza debe informar en el plazo mencionado si se ratificó ese acuerdo y en caso negativo qué se hizo para lograr ese propósito.

También si elaboró los proyectos ejecutivos para la impermeabilización de las redes principales del Atuel en San Rafael, General Alvear y Carmensa.

La respuesta debe incluir si culminó la ejecución del Marginal del Atuel en tramos II, III y IV y si elaboró junto con La Pampa las obras de conducción entre Carmensa y La Puntilla.

Además el máximo tribunal requirió a La Pampa si cuenta con el aval legislativo para hacer inversiones en territorio mendocino, otro punto estipulado en el acuerdo de 2008, y solicita a la Nación saber si le dio financiamiento a Mendoza o a La Pampa para las obras previstas en el convenio.

El conflicto por el uso del Atuel, que nace en Mendoza y corre hasta La Pampa, es de vieja data y ya en 1987 tuvo un fallo de la Corte, favorable a Mendoza, aunque con el paso de los años y la aparición del llamado derecho ambiental la vecina provincia volvió a la carga con su reclamo.

En ese fallo, la Corte desestimó el argumento de La Pampa y resolvió que Mendoza tiene un derecho exclusivo de utilizar las aguas hasta cubrir una superficie de 75.725 hectáreas.

El fallo consideró varios factores e hizo hincapié en el Pacto de Helsinki, que establece cómo deben distribuirse las aguas de los ríos interprovinciales o interestatales. Todas las normas de ese acuerdo le dieron la razón a Mendoza. Cabe señalar que en Mendoza el agua del Atuel no alcanza para regar las hectáreas privilegiadas en ese fallo.