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Nuestra provincia tiene 60 días para responder la demanda por el uso y aprovechamiento del río sureño. El máximo tribunal nacional declaró su competencia en el tema.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación emplazó a Mendoza por el agua del río Atuel

La Corte Suprema de la Nación fijó un plazo de 60 días para que el Gobierno de nuestra provincia conteste la demanda promovida por La Pampa por el uso y aprovechamiento de las aguas del río Atuel, cortado por Mendoza en la década del ’40 y que provocó un severo daño ambiental y económico, según el estado reclamante.

De los cinco brazos del río, actualmente sólo queda activo el arroyo de La Barda y prácticamente ha desaparecido un humedal de casi un millón de hectáreas en La Pampa, lo que provocó daños económicos, ambientales y sociales a lo largo de décadas, señala la denuncia pampeana.

La Corte, de acuerdo con la Constitución nacional, reconoció su “competencia originaria” para resolver el reclamo iniciado por el gobernador de La Pampa, Oscar Mario Jorge, junto con el fiscal de Estado de esa provincia, José Vanini.

La provincia demandante sostuvo que las autoridades de Mendoza causaron “un inmenso daño social en el noreste” de La Pampa, región que “fue condenada al atraso en su desarrollo y al éxodo de su población debido al uso arbitrario del agua de ese río”.

La demanda también involucra al Estado nacional como “tercero interesado”, por supuesta negligencia en la administración del complejo hidroeléctrico Los Nihuiles, en las afueras de San Rafael.

Los reclamantes sostienen que Mendoza redujo el caudal hídrico del Atuel, privando a la población de La Pampa de desarrollar una “vida digna” y provocando “un significativo daño ambiental, que debe ser remediado e indemnizado”.

La Corte, con la firma de su presidente, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Elena Highton, Carlos Fayt y Raúl Zaffaroni, notificó la demanda a la Provincia de Mendoza y le otorgó un plazo de 60 días para que la conteste y ofrezca pruebas.

El Estado nacional fue citado para que, en ese mismo plazo, comparezca y exprese “lo que pudiere corresponderle” por derecho.

La Pampa inició una intensa lucha por sus derechos desde su provincialización, en 1951, aunque recién presentó en 1979 su primera demanda contra Mendoza.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló en 1987 y estableció la interprovincialidad del río, pero Mendoza no cumplió ese fallo y persistió con el corte aduciendo que la medida judicial incluía garantizar un caudal mínimo.

Un convenio posterior, de 2008, firmado por el entonces gobernador Celso Jaque, para firmar criterios y acciones comunes con La Pampa, fue desechado este año por la Legislatura provincial mediante una ley.

La demanda impulsada ahora por el gobernador Jorge en nombre del Estado pampeano consta de 400 páginas, en las que aduce reiteradamente que Mendoza ha sido la causante de un “inmenso daño social” en el noroeste pampeano.

Es una región, prosigue el escrito presentado por La Pampa, que “fue condenada al atraso en su desarrollo y al éxodo de su población debido al uso arbitrario del agua del Atuel, cuyo caudal se redujo sensiblemente, privando a su población de toda posibilidad de desarrollar una vida digna” en la zona.

“Tal situación produjo un significativo daño ambiental, que debe ser remediado e indemnizado por Mendoza”, pretende el gobierno de la provincia mediterránea.

En el planteo de La Pampa se incorporan novedosos elementos de carácter internacional en materia de recuperación y restablecimiento de ecosistemas y humedales y procura extenderlos al caso, al requerir caudales ambientales.

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