Dos jueces del máximo tribunal mendocino le dieron la razón a una empresa en una causa contra Vialidad en una causa que data de varios años. Los alumnos de una escuela de San Rafael deberán usar un camino alternativo que es intransitable en invierno.

La Corte permitió a una empresa cerrar un camino obligando a estudiantes a recorrer más kilómetros

Por UNO

Los alumnos de una escuela rural de San Rafael deberán recorrer varios kilómetros más para llegar a su colegio y correrán riesgos de quedar atrapados por la nieve luego de que un fallo de la Suprema Corte habilitara a una empresa a poner una tranquera y un alambrado sobre una calle, que sería la continuación de la ruta 150, sobre el paraje La Jaula de San Rafael.

La historia data de hace varios años, cuando la empresa Urban Yard S.A. decidió poner una tranquera sobre el camino de tierra, luego de comprar un campo de miles de hectáreas, lo que provocó que Vialidad la retirada.

Esto fue repetido posteriormente, lo que llevó al organismo estatal a apercibir a la empresa alegando de que era un camino público y no se podía cerrar debido a que era usado por alumnos de un colegio y por distintos puesteros.

Sin embargo, la empresa ante la Justicia respondió que este no era un camino público y que Vialidad no había expropiado la calle, ni iniciado los trámites para hacerlo, por lo queel organismo no tiene jurisdicción sobre él.

En el expediente 101.481, cuya sentencia la firman los magistrados Herman Salvini y el ya jubilado Carlos Böhm, la empresa alegó que si se toma el camino, este no conduce directamente a la escuela albergue 8593 “Yapeyú”.

A ello agrega que “la escuela albergue tiene un régimen de internado de 20 días por ocho de descanso siendo los alumnos buscados por un transporte escolar contratado” y que la huella es usada por cazadores furtivos.

Sin embargo, en el mismo expediente figuran varios testimonios que contradicen a la empresa.

Dos de ellos corresponden a directivos del colegio. Uno de ellos, en el 2008, aseguró que un año antes, mientras estuvo la tranquera puesta, la ruta 101, que es la otra alternativa que podrían usar los alumnos, estuvo cortada a raíz de las lluvias y nevadas y que tuvieron que ser rescatados por Gendarmería, quienes debieron recorrer 60 kilómetros más a causa de la tranquera colocada por la empresa en la continuación de la ruta 150.

Asimismo, en una constatación policial, se comprobó que la ruta 101 es intransitable en invierno, mientras que la 150, donde está la tranquera, se puede utilizar todo el año.

A pesar de esto, el hecho de que Vialidad no haya expropiado el camino, ni iniciado los trámites para hacerlo, provocó que los jueces le dieran razón a la empresa y le permitieran tener una tranquera, que según el expediente, ya fue colocada nuevamente.

“En este orden de ideas podemos concluir que el camino en cuestión, al momento de dictarse el acto impugnado era claramente propiedad privada. Si bien de los testimonios reseñados se evidencia que el camino resultaba útil para los pobladores de La Jaula, los alumnos y docentes de la Escuela “Yapeyú” y demás ciudadanos que viven en los puestos vecinos o trabajan en el oleoducto o en las minas cercanas y que era utilizado también por cazadores y pescadores, esta circunstancia no basta para que la cosa ingrese al dominio público, ello desde que como bien advierte el Procurador no existía, al momento de la orden que se analiza, declaración alguna que reconozca la prescripción adquisitiva (o en su caso el uso inmemorial al que refiere la demandada) ni expropiación de la picada de que se trata”, señala la sentencia.

En ese sentido, los jueces entendieron que no resulta posible afectarla como camino público a pesar de que se haya acreditado su uso por el público en general y su importancia y señaln que Vialidad deberá decidir en el futuro sobre la necesidad de incorporar el camino al patrimonio Estatal.