La Corte Suprema de Justicia ordenó revisar, para dictar nuevo fallo, la participación de dos condenados por un crimen ocurrido en 2005, ya que en distintas sentencias se les atribuyó igual responsabilidad, y a uno de ellos se lo condenó a 20 años de prisión.
La instancia superior de Justicia nacional le pidió a la corte de Mendoza que dicte un nuevo fallo, a partir de una condena que se atribuyó a dos personas por un mismo crimen.
La Corte ordenó al máximo tribunal local revisar una pena por irregularidades
El máximo tribunal dejó "sin efecto la sentencia" en una causa por "robo y homicidio" y se la devolvió al Tribunal Superior de Mendoza para su revisión. Con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, y la disidencia de Enrique Petracchi, la Corte le ordenó a la de Mendoza que aclare los puntos de contradicción y dicte un nuevo fallo.
El hecho ocurrió el 19 de enero de 2005, cuando entre cuatro y seis personas irrumpieron en una vivienda de la localidad mendocina de san Martín, con intenciones de robo. En la humilde casa se encontraban Daniel San Román, su esposa, el bebé de ambos y la madre de ella, Mirta Pérez, a quienes intentaron robarle una moto y un equipo de música.
En esas circunstancias, el tío de la mujer, Roberto Pérez, de 43 años, escuchó ruidos extraños, acudió a ayudar a sus familiares pero recibió un tiro en la cabeza y murió de forma instantánea. Dos de los sujetos que participaron del sangriento hecho fueron detenidos, Oscar Peralta y Osvaldo Ortiz, quienes en un primer juicio fueron condenados a 14 y 12 años de prisión, respectivamente.
En tanto, otros dos resultaron absueltos por falta de pruebas en el mismo proceso, mientras que el quinto se mantenía prófugo, pero dos años después fue detenido y juzgado.En este nuevo proceso, el único imputado fue condenado a 20 años de prisión.
En el primer juicio, la justicia determinó que Ortiz tenía una herida en una mano, pero en el segundo juicio, ese mismo hecho, la lesión en la mano, le fue atribuida al que permaneció prófugo durante dos años.
"A partir del modo en que quedaron fijados los hechos en las sentencias mencionadas, resulta que sólo uno de sus co-autores sufrió un corte en uno de sus miembros superiores con un pedazo de vidrio. Dicho extremo fue advertido por el procurador provincial en el informe que presentó con motivo del recurso de casación que había interpuesto la defensa (del último condenado) pero no fue tratado por la Corte local cuando revisó defectuosamente la condena", advirtió la Corte Suprema.
Al respecto, los jueces consideraron que "en las condiciones expuestas, el pronunciamiento recurrido resulta descalificable con arreglo a la doctrina de arbitrariedad de sentencias, toda vez que carece de suficiente fundamentación y no constituye una derivación razonada del derecho vigente, lo cual vulnera la garantía de la defensa en juicio".
Por lo tanto, ordenaron una nueva revisión del fallo para esclarecer quién sufrió la herida en la mano y, en tal caso, qué grado de participación (y condena) le corresponde a cada uno.
Fuente: NA