Además de la carne, los Impuestos Inmobiliarios y Automotor o la luz, en Mendoza también aumentó el precio para contraer matrimonio.
Si bien puede hacerse de manera gratuita en una oficina seccional del Registro Civil, los que deseen solicitarlo a domicilio o en otro lugar que se elija deberán abonar 25% más que en 2015, ya que el valor subió de $3.300 a $4.140 a partir de la sanción de la Ley Impositiva 2016.
Al momento de organizar un casamiento las parejas deben tener en cuenta ciertos gastos no menores como el alquiler de un salón, el catering, la música, el vestido de novia y el traje para el novio y, en caso de querer que la ceremonia se realice en el mismo sitio donde tendrá lugar la fiesta, el costo de requerir una denominada "boda móvil".
Hasta el año pasado, realizar un casamiento a domicilio costaba en Mendoza $3.300 pero, desde la aprobación de la Ley Impositiva en los primeros días del año, sale un 25% más caro. A partir del 21 de enero, día en el que se actualizaron los valores de los trámites que se realizan en el Registro Civil, aumentó a $4.140 más el traslado del oficial público que oficie en la ceremonia.
"El traslado es aparte y corre por parte de los contrayentes que tienen que contratar un taxi o remís de alguna empresa legal, y hacerse cargo de la ida desde Casa de Gobierno al lugar de la fiesta, de la espera que es de aproximadamente quince minutos, y la vuelta al lugar de partida", explicaron desde el Registro Civil mendocino.
Esta tendencia es bastante utilizada en Mendoza, ya que durante todo el año pasado se celebraron 1.247 bodas móviles, la mayor parte de ellas en la zona metropolitana (957), seguido por el Sur (157), luego el Este (93) y, finalmente, el Valle de Uco (40).
De todas formas, la celebración del matrimonio realizado de manera tradicional en la oficina seccional es la que predomina, ya que junto con la expedición del primer testimonio del matrimonio siguen siendo totalmente gratuitas.
Se piden los mismos requisitos
Las parejas que deseen celebrar su matrimonio móvil, deben cumplir con los mismos requisitos que aquellas que lo hacen de la manera tradicional en las oficinas del Registro Civil.
La condición principal es la de solicitar el turno con treinta días corridos de antelación, sumado a la presentación de la partida de nacimiento y los DNI actualizados de los contrayentes, sin la necesidad de que ambos se presenten en ese momento. En caso de que alguno de ellos sea divorciado, debe presentar la constancia que lo acredite. Lo mismo corre para quien sea viudo, debiendo presentar la partida de defunción y matrimonio.
Por otra parte, los menores de 18 años deben tener autorización de sus padres o venia judicial, mientras que los menores de 16 deben tener dispensa judicial y autorización.
En todos los casos es necesario contar con dos o cuatro testigos que obligatoriamente superen los 18 años de edad y, en el último día de la semana previa a la ceremonia, la pareja debe concurrir a corroborar los datos y firmar el prontuario de matrimonio.