Por Rosana Villegas
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Costo e impacto. Esas serían las dos palabras que buscará explicar el gobernador de Mendoza Alfredo Cornejo en la reunión que mantendrá este lunes con la Suprema Corte de Justicia, a la hora de buscar alguna modificación del polémico fallo por el cual el tribunal ordena revisar las prisiones preventivas de 874 personas procesadas y dispone agilizar las futuras detenciones. Al planteo del gobernador se sumaría un pedido de nulidad del procurador general, Rodolfo González, quien plantearía que no fue informado del fallo en el que se les exige celeridad a fiscales a su mando.
Si bien en principio se dijo que de la reunión “para escuchar las distintas posturas” participarían sólo Cornejo y el presidente del supremo tribunal, Pedro Llorente, este domingo trascendió que a la misma mesa del cuarto piso del Poder Judicial se sentarán Mario Adaro –no participó en el fallo–, Alejandro Pérez Hualde, el mismo procurador Rodolfo González y posiblemente el autor del fallo, Omar Palermo. Estaba en dudas la presencia del último integrante de la corte propuesto por el ex gobernador Paco Pérez, Julio Gómez y nada se sabía sobre si se presentaría Herman Salvini, otro de los jueces que no participó. En tanto, el pedido de nulidad que podría presentar el procurador González se sustenta en el hecho de que el mismo fallo les exige a los fiscales a su mando que, de decidir la detención de una persona, tienen un plazo de 24 horas para notificar a un juez de garantías para que haga un control jurisdiccional de esa detención, algo que no le fue notificado oportunamente a González, por lo cual desconocía hasta su publicación.El gran comentario puertas adentro del Poder Judicial era, sin dudas, la división que este fallo generó en la Suprema Corte, ya que sólo contó con el aval de 4 de los 7 integrantes. “Armonizar las detenciones” Luego de que se conociera el discutido fallo, desde la Suprema Corte enviaron a los medios un comunicado aclarando que el dictamen “no ha venido a abolir alguna norma constitucional, penal, procesal o de seguridad. No ordena la libertad de personas detenidas con condena firme o con prisión preventiva dictada por juez competente, ni personas detenidas por orden de detención del Ministerio Público Fiscal. Sino que, busca regularizar estas últimas órdenes de detención, las que deberán ser dispuestas en tiempo oportuno y conforme a la ley (...) armonizar la realidad de las detenciones y prisiones preventivas con las exigencias de una sociedad que reconoce el Derecho como pauta fundamental para su organización y funcionamiento”.


