El recurso presentado por el procurador Rodolfo González neutralizó la aplicación inmediata del dictamen sobre las prisiones preventivas

El fallo de la Corte que favorece a 874 presos quedó en suspenso

Por UNO
Al menos hasta febrero quedó suspendida la aplicación del polémico fallo de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza que favoreció a 874 presos, y ordenó cambios en los requisitos para la detención y la prisión preventiva, causando una negativa reacción del Gobierno contra el Poder Judicial.

Fue luego de que el procurador general de la Provincia, Rodolfo González, interpusiera un recurso contra el fallo para que la Corte mendocina le abra una vía de revisión ante la Corte de la Nación.

La presentación neutralizó lo que iba a ser la aplicación inmediata de la sentencia. La Corte provincial, que debe responderle al Procurador si le acepta o rechaza el planteo, demorará todo enero en darle la respuesta.

Un día después de que ingresó el recurso extraordinario contra el fallo, el máximo tribunal provincial le notificó a la organización civil Xumek, de derechos humanos, que es parte en el expediente porque fue la que impulsó el habeas corpus por los presos, para que esta dé su postura sobre el planteo de González.

Ya se sabe que Xumek va a solicitar que la petición del procurador sea rechazada, pero tendrá 10 días hábiles del mes de enero para expresarlo en el expediente. Una vez que Xumek responda, entonces la Suprema Corte resolverá, para lo que tendrá también 10 días hábiles, sobre si corresponde aceptar o rechazar el pedido del procurador.

Cabe señalar que Rodolfo González, el jefe de los fiscales de la Provincia, irá sí o sí hasta la Corte de la Nación para que revise el fallo plenario de la Corte provincial. La cuestión es el modo en que llegará hasta ahí y los efectos, y ahí es donde reside la diferencia.

Los supremos mendocinos tienen que evaluar solamente si el pedido del procurador cumple los requisitos formales que le habilitan el recurso extraordinario que planteó.

Si la Corte provincial considera cumplidos esos requisitos, aceptará el recurso extraordinario y enviará el expediente con la sentencia a la Corte nacional para que revise el fallo, lo que automáticamente provoca la suspensión inmediata de la sentencia hasta que el tribunal nacional se pronuncie.

Por el contrario, si la Corte le rechaza el recurso al procurador, este tendrá como vía alternativa ir a la Corte nacional con un recurso de queja, pero en este caso este trámite no suspende la sentencia, por lo que el fallo estaría vigente y sería aplicable, aunque haya que esperar un pronunciamiento de la Corte nacional.

Todo esto verá la luz entre mediados y fines de enero, cuando los supremos tengan el caso nuevamente y se pronuncien sobre el pedido del procurador González.