El proyecto busca "una tasa lógica" y pretende dejar sin efecto el interés del 40% anual que estableció la Corte

Cornejo quiere fijar por ley los intereses de juicios laborales

Por UNO

La disputa entre el Ejecutivo y cierto sector de la Suprema Corte de Justicia no es nueva, pero se reaviva a cada pestañear. El viernes pasado tres de los supremos mendocinos fallaron a favor de fijar la conocida "tasa libre" para los litigios laborales, que hoy supone un interés de alrededor del 40% anual para quien deba pagar una indemnización, casi el doble de la inflación actual.Pero la cosa no quedó ahí: mientras las cámaras empresariales tildaron la resolución de "una barbaridad que alimentará la industria del juicio y destrozará las pymes", el gobernador fue más allá y en el almuerzo de fin de año de la Cámara de la Construcción adelantó que enviará esta semana un proyecto a la Legislatura para establecer por ley "una tasa de interés lógica y disuasiva para que los juicios no se estiren en el tiempo"."Esa ley con esa tasa, va a ser tratando de cuidar al trabajador y al empleador, para que los juicios laborales sean pocos, ágiles y se resuelvan rápido, porque los abogados no van a estar especulando con que el juicio tarde muchísimo", remarcó en su discurso, confirmando que no se quedaría de brazos cruzados ante el fallo de la Corte, que lo que hace es darle al abogado del empleado -maneja los tiempos- "un plazo fijo con una tasa superior a la que le da cualquier banco y va a ser larguísimo el proceso laboral".Una tasa acorde a la inflación"Es un proyecto que aún estamos definiendo, pero que en principio podría establecer una tasa de interés que se actualice como los créditos UVA (unidad de valor adquisitivo) que cambian siguiendo la inflación, que es lo que nos parece más justo. Así si la inflación sube, ese interés también lo hace; pero si baja, también desciende", explicó el subsecretario de Justicia, Marcelo D'Agostino, quien trabaja en el proyecto junto con el ministro de Gobierno, Dalmiro Garay. Según explicó D'Agostino, si este proyecto, que ingresaría en la Legislatura entre miércoles y viernes, se convierte en ley, estableciendo una tasa de interés a aplicarse a los litigios laborales de la provincia, "dejaría en abstracto", es decir sin efecto, el reciente fallo de la Corte. "El fallo es de aplicación de los tribunales inferiores, es decir, las cámaras laborales, pero si se sanciona la ley tiene fuerza de aplicación en toda la jurisdicción provincial", resaltó.Así, de concretarse la nueva iniciativa, la tasa de interés de una indemnización, por dar un ejemplo por un despido laboral, podría variar mes a mes desde que se presenta la demanda, siguiendo los vaivenes de la inflación. Una variabilidad históricaAntes del discutido fallo de la Corte, las cámaras laborales de la provincia oscilaban entre aplicar la tasa activa del Banco Nación, que solía ser más baja que la inflación y rondaba el 18%. Con ese interés, crecía la especulación de quienes veían que el interés era bajo y dejaban pasar el tiempo porque así, por la inflación, se pagaba menos capital. Otras cámaras aplicaban la tasa libre del Banco Nación, que ronda el 40%, ya que no había un fallo de la Corte que estableciera si era constitucional aplicarlo. Ese escenario es el que cambió con el fallo que votaron cuatro de los siete integrantes de la Corte y por el cual el interés está atado al que establece el Banco Nación para los prestamos de uso libre a 36 meses.