Resolución

Un juez prohibió y ordenó "eliminar" contenidos periodísticos sobre el streaming en el ex COSE

Eduardo Brandi accedió al pedido de una funcionaria. Argumentó que las publicaciones violaban el derecho de defensa y el principio de inocencia de menores

Eduardo Brandi, juez que integra el Tribunal Penal Juvenil, prohibió la difusión y ordenó la "inmediata eliminación" de contenidos periodísticos escritos y audiovisuales publicados por Diario UNO en referencia a las declaraciones en un streaming -vía celular- de internos menores de edad del ex COSE, alojados en esa institución por episodios delictivos de alto impacto público.

A través de una resolución judicial, el magistrado argumentó que la difusión de los contenidos periodísticos afecta el "principio de inocencia y el derecho de defensa" de los menores de edad, que se contactaron con una plataforma de streaming y se atribuyeron conductas delictivas vinculadas al uso de armas de fuego y drogas.

Eduardo Brandi, juez del Tribunal Penal Juvenil, prohibió difundir y ordenó

Eduardo Brandi, juez del Tribunal Penal Juvenil, prohibió difundir y ordenó "eliminar inmediatamente" contenidos periodísticos referidos a un streaming del que participaron menores de edad internos del ex COSE, vía celular, desde el establecimiento estatal.

Enfatizó, además, que la entrevista en vivo que los internos del ex COSE dieron a una plataforma de internet "es un acto privado" por tratarse, justamente, de menores de edad.

La medida, señaló el juez, "comprende a toda aquella publicación, contenido, imagen, dato o referencia que, de manera directa o indirecta, facilite la identificación de los jóvenes involucrados, aun cuando no se consigne su nombre y apellido".

En las publicaciones en cuestión, Diario UNO jamás reveló las identidades de los menores de edad, así como tampoco mostró sus rostros, para no vulnerar sus derechos y preservar la investigación que los tiene como protagonistas.

La intervención del juez penal juvenil Eduardo Brandi fue motivada por un planteo de la Directora de Internación de la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil, Bettiana Tomasella.

En su escrito, la funcionaria consideró que "el contenido de la entrevista indirectamente facilita la identificación del adolescente en cuestión".

La Convención de los Derechos del Niño, entre otras disposiciones referidas a los menores de edad, fue la norma esgrimida por el magistrado Brandi para resolver de acuerdo a lo solicitado por licenciada Tomasella.

En pocas palabras

Juez prohibió difusión: Eduardo Brandi ordenó eliminar contenidos periodísticos sobre menores alojados en el ex COSE.

  • Argumento judicial: se protegen la inocencia y el derecho a la defensa de los menores de edad.
  • Pedido de funcionaria: la medida se basó en un planteo de la Directora de Internación, Bettiana Tomasella.
Resumen generado por Thinkindot AI

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