Fallo de la Corte

Un hombre deberá pasar 16 años preso por violar a dos ex novias y embarazar a una

Los jueces Palermo, Adaro y Valerio ratificaron la condena a un hombre que violó reiteradamente a dos parejas suyas entre 2015 y 2019. Los hechos ocurrieron en contexto de violencia de género

La Sala II de la Suprema Corte de Justicia confirmó la condena a 16 años de prisión para un hombre que cometió abuso sexual en perjuicio de dos mujeres que habían sido sus parejas, a quienes sometió en continuado y en contexto de violencia de género.

Los hechos ocurrieron en 2015 y entre septiembre y diciembre de 2019.

Su primera víctima padece de Síndrome de Asperger y quedó embarazada producto de la violación.

En el segundo caso, los vejámenes ocurrieron en el domicilio que ambos compartían en el departamento Godoy Cruz y también en la casa de la madre de él.

El sentenciado había acudido en Casación contra el fallo condenatorio emitido el 26 de abril de 2022 por el Tribunal Penal Colegiado en sala Unipersonal.

Polo-Judicial-Penal-700x525.jpg
La sentencia condenatoria fue dictada en el Polo Judicial Penal.

La sentencia condenatoria fue dictada en el Polo Judicial Penal.

TE PUEDE INTERESAR: Una pareja murió ahogada cuando intentaba rescatar a un perro en el parque Chachingo de Maipú

Delitos sexuales en contexto de violencia de género

La decisión de los supremos Omar Palermo, Mario Adaro y José Valerio fue previamente apoyada por la Procuración General, que dictaminó que el planteo en Casación debía ser rechazado y la sentencia, posteriormente, convalidada.

Durante la investigación penal preparatoria, la Justicia tuvo en cuenta diversas pruebas: testimonios de las víctimas y de familiares, peritajes físicos y psicológicos, entre otros.

Acerca del primer hecho, dijo:

"Aprovechando que quien era su pareja se encontraba en estado de perturbación de la conciencia producida por la ingesta de alcohol, lo que derivó en pérdida de lucidez -por lo que no pudo prestar su consentimiento- el imputado abusó sexualmente de ella penetrándola por vía vaginal y sin protección" "Aprovechando que quien era su pareja se encontraba en estado de perturbación de la conciencia producida por la ingesta de alcohol, lo que derivó en pérdida de lucidez -por lo que no pudo prestar su consentimiento- el imputado abusó sexualmente de ella penetrándola por vía vaginal y sin protección"

También se valoraron ciertos datos para fijar el monto de la pena:

1) La relación de pareja del condenado con las víctimas, aprovechada para cometer el hecho por la mayor confianza que surge del vínculo, la duración en el tiempo y la relación asimétrica.

2) En el caso de la víctima M.M., los numerosos hechos de acceso carnal acompañados de ejercicio de violencia física, psicológica y sexual con gran extensión del daño al deber huir de la provincia por temor no obstante la calificación como delito continuado.

3) En el caso de la víctima L.M., además de la violencia psicológica desplegada en contexto de violencia de género, el abuso sexual trajo como consecuencia un embarazo no deseado.

4) La condición de mujeres de ambas víctimas.

5) La situación de discapacidad por el padecimiento del Síndrome de Asperger de la víctima de M.M. y su vulnerabilidad interseccional –mujer, sin redes de contención familiares y sociales e inmigrante.

6) Acerca del autor, su calidad de autor y el hecho de obrar con dolo directo.

TE PUEDE INTERESAR: Aumentó la RTO en Mendoza y por la revisión de un auto ya se paga casi $10.000