Dentro de unos días entrará en vigor una ley en Nueva York, la cual cambiará a forma de trabajar de los contratistas subcontratistas que realizan trabajos de construcción en proyectos públicos y privados. A continuación te contaremos más sobre esta ley y como afectará a todas aquellas personas que trabajen en este rubro.

Una nueva ley

Esta nueva ley, según el Departamento de Trabajo del Estado de Nueva York, entrará en vigor el 30 de diciembre de este año. Los contratistas se deberán registrar antes presentar nuevas ofertas o comenzar a trabajar en un proyecto cubierto.

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Los contratistas se veían afectados por su trabajo informal.

Los contratistas se veían afectados por su trabajo informal.

La comisionada del Departamento de Trabajo del Estado de Nueva York, Roberta Reardon comentó: "La gobernadora Hochul ha estado comprometida con la transparencia desde el primer día de su administración y el nuevo Registro de Contratistas representa ese compromiso. Proporciona rendición de cuentas sobre la financiación pública que beneficiará a los contratistas y subcontratistas que respetan la ley, al tiempo que excluye a quienes intentan explotar a los trabajadores".

Cómo registrarse

Para realizar el registrarse, los contratistas y subcontratistas deben presentar su solicitud a través del Portal del Registro de Contratistas del Departamento de Trabajo de Nueva York por medio del Sistema de la Gestión para la Protección de los Derechos de los Trabajadores del Departamento de Trabajo de Nueva York.

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Esta nueva ley beneficiará a los contratistas en tener en un trabajo mas seguro.

Esta nueva ley beneficiará a los contratistas en tener en un trabajo mas seguro.

Todas las solicitudes se deben realizar en línea y las tarifas deben pagarse con la tarjeta de crédito. Debe esperar hasta que reciba un certificado de registro en formato electrónico Este no estará aprobado si no recibe su certificado. Una vez que los recibe se recomienda imprimir todo para sus registros.

Si su registro no es aprobado, puede solicitar una audiencia dentro de los 30 días posteriores a la notificación. Este registro es válido por dos años desde la fecha de su emisión y debe ser renovado 90 días antes de que caduque su registro actual.

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