La edad de jubilación en Florida dependen del empleado, de su edad y los años de servicio. Si te quieres jubilar antes lo puedes hacer, pero lleva una reducción de los beneficios. A continuación te contaremos como presentarte y qué requisitos son necesarios.
Cuál es la edad de jubilación de Florida
Si no sabes que debes hacer para llevar a cabo tu jubilación o cuál de todos los planes a elegir, a continuación te contaremos más sobre esta información
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Cómo funciona el sistema de jubilación
En Florida este sistema rinda beneficios a empleados públicos hace más de 50 años como maestros, bomberos y agentes de la ley. También se incluyen trabajadores del gobierno estatal y local.
Existen dos tipos de planes de jubilación. El plan de pensiones y el plan de inversión. El primero consiste en que los empleados obtienen un beneficio mensual garantizado en función de sus años de servicio, salarios, edad al momento de jubilarse.
El plan de inversión es un plan de contribución definida. Los empleados y empleadores aportan un porcentaje de salario del empleado a una cuneta, que luego se invierte. El beneficio de jubilación depende del rendimiento de las inversiones.
Este plan es flexible, ya que si el empleado cambia de trabajo, el plan se traslada con él.
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Cuál es la edad de jubilación
El Plan de Pensiones del FRS, la elegibilidad para recibir los beneficios de jubilación completos se basa en la edad o en los años de servicio.
- Empleados de la clase regular
Los miembros de la clase regular pueden jubilarse con todos los beneficios a los 62 años o después de 30 años de servicio, lo que ocurra primero.
Si se jubila antes de los 55, sus beneficios se reducen un 5% por cada que se jubile antes de la edad de 62.
Para los empleados de la clase regular que fueron contratados después del 1 de julio de 2011, las reglas son ligeramente diferentes. Estos empleados deben esperar hasta los 65 años o completar 33 años de servicio para jubilarse con todos los beneficios.
- Empleados de la clase de riesgo especial
Esta clase incluye a los agentes del orden público, bomberos y otros trabajos de alto riesgo.
Pueden jubilarse a los 55 años con al menos seis años de servicio o a los 52 años después de 25 años de servicio y hasta cuatro años de servicio militar activo.
Los miembros de riesgo especial también tienen la opción de jubilación anticipada, pero con beneficios reducidos.




